MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Sociedad Comercial Seri SpA

RUT 76148628-4 CVE 1931909
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de marzo de 2021
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
30 de marzo de 2021
Notario
CLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES
Domicilio
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago
Duración
La Sociedad comenzará a regir con esta fecha y tendrá una duración de cinco años desde la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá renovado en forma automática, tácita y sucesiva por períodos iguales. Si el accionista o los accionistas mediante la correspondiente junta de accionistas, manifestare su voluntad de poner término, mediante declaración que deberá efectuarse por escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con seis meses de anticipación a lo menos al vencimiento del plazo original o de cualquiera de las prórrogas que estuviere corriendo

Objeto social

El objeto de la sociedad será a) Todo lo relacionado con la comercialización, compra, venta e importación de artículos e insumos de aseo, limpieza, desinfección, equipos tecnológicos y convencionales, artículos y productos de ferretería, productos eléctricos y electrónicos, equipos computacionales, de vestuario, calzado, bolsos, útiles e implementos, ya sean escolares, laborales, de seguridad, profesionales, empresariales y en general todo tipo de productos que puedan se comercializables; b) Inversiones en todo tipo de bienes muebles e inmuebles; c) En general la sociedad podrá efectuar cualesquiera tipo de negocios que estén relacionados directa e indirectamente con el giro de la sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES, notario público titular, Santiago, Teatinos 371, oficina 113, Santiago Centro, Santiago, certifico: Por escritura pública de 30/03/2021 ante notario Reemplazante de este oficio, doña Zarella Camerotto Moraga, compareció don SERGIO RICARDO RIVERA SOTO, chileno, viudo, empresario, cédula nacional de identidad número cuatro millones cuarenta y tres mil trescientos noventa y dos guion nueve; y don DANIEL ANDRES RIVERA ONETTO, chileno, soltero, empresario, cédula de identidad número catorce millones ciento cuarenta y ocho mil cuatrocientos setenta y siete guion K, ambos domiciliados para estos efectos en Américo Vespucio número tres mil, bodega catorce, Cerrillos, Santiago, modifican sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD COMERCIAL SERI LIMITADA”, RUT 76.148.628-4, inscrita a fojas 27930, número 21005 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2011, modificación inscrita a fojas 32172, número 17838 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2016 de la siguiente manera: Don SERGIO RICARDO RIVERA SOTO cede, vende y transfiere la totalidad de sus derechos sociales de la sociedad denominada “SOCIEDAD COMERCIAL SERI LIMITADA”, equivalentes al cincuenta por ciento del haber social, a don DANIEL ANDRES RIVERA ONETTO, precio $200.000.000 al contado y en efectivo. Como consecuencia queda como único socio don DANIEL ANDRES RIVERA ONETTO siendo titular del 100% del haber social. Producto de la modificación actual, don DANIEL ANDRES RIVERA ONETTO, único socio de la sociedad “SOCIEDAD COMERCIAL SERI LIMITADA”, decide transformar dicha Sociedad en una sociedad por acciones que se guiara por los siguientes estatutos: NOMBRE: El nombre de la Sociedad será “SOCIEDAD COMERCIAL SERI SpA”, sin embargo, la empresa podrá funcionar y actuar con el nombre “SERI SpA”.- DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero.- DURACIÓN: La Sociedad comenzará a regir con esta fecha y tendrá una duración de cinco años desde la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá renovado en forma automática, tácita y sucesiva por períodos iguales. Si el accionista o los accionistas mediante la correspondiente junta de accionistas, manifestare su voluntad de poner término, mediante declaración que deberá efectuarse por escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con seis meses de anticipación a lo menos al vencimiento del plazo original o de cualquiera de las prórrogas que estuviere corriendo.- OBJETO: El objeto de la sociedad será a) Todo lo relacionado con la comercialización, compra, venta e importación de artículos e insumos de aseo, limpieza, desinfección, equipos tecnológicos y convencionales, artículos y productos de ferretería, productos eléctricos y electrónicos, equipos computacionales, de vestuario, calzado, bolsos, útiles e implementos, ya sean escolares, laborales, de seguridad, profesionales, empresariales y en general todo tipo de productos que puedan se comercializables; b) Inversiones en todo tipo de bienes muebles e inmuebles; c) En general la sociedad podrá efectuar cualesquiera tipo de negocios que estén relacionados directa e indirectamente con el giro de la sociedad.- CAPITAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de $3.000.000, dividido en 1000 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal. El Capital queda totalmente suscrito y pagado en este acto en la forma indicada en los artículos transitorios de estos Estatutos. - ADMINISTRACIÓN SOCIAL: La Sociedad por Acciones será administrada por un Gerente General, pudiendo éste ser o no accionista, designado y esencialmente revocable por el accionista y si existiera más de un accionista, la correspondiente Junta de Accionistas, mediante acuerdo adoptado por la mayoría simple de las acciones presentes o representadas en la Junta. Sin embargo, no será necesaria la celebración de Junta de Accionistas para efectos de la designación o revocación del Gerente General en caso que tal designación o revocación conste por escritura pública firmada por el único accionista o por todos los accionistas de la Sociedad por Acciones. Para todos los efectos, el Gerente General tendrá todas las facultades, atribuciones y responsabilidades que de conformidad a la Ley dieciocho mil cuarenta y seis correspondan al directorio, a los directores y al gerente general de una sociedad anónima. Lo anterior es sin perjuicio de los apoderados especiales de la Sociedad que el único accionista o todos los accionistas por unanimidad nombren por escritura pública. - Demás estipulaciones escritura extractada. - Santiago, 20 de abril de 2021.