MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ALFA OMEGA CHILE INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA

RUT 76326631-1 CVE 1931623
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
23 de agosto de 2013
Notaría
Chillán

Instrumento

Fecha
23 de agosto de 2013
Notario
LUIS EDUARDO ALVAREZ DÍAZ
Oficio
Cuarta Notaría de Chillán
Comuna
Chillán

Sociedad

Capital
$10.000 CLP
Ley aplicable
Ley 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO ALVAREZ DÍAZ, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Chillán, El Roble 515, Chillán, certifico: Por escritura pública hoy ante mí, don FRANCISCO JAVIER BREVIS NEIRA, domiciliado en Avenida Francia 206, Chillán; don RODRIGO ALEJANDRO LOBOS BREVIS, domiciliado en Los Prunos 1659, San Ramón, Región Metropolitana, y doña JENNY ELIET HERNÁNDEZ FUENTES, Avenida Francia 206, Chillán, rectificaron y sanearon escrituras de modificación social, según Ley 19.499, de la sociedad “ALFA OMEGA CHILE INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA” o “ALFA OMEGA CHILE CONSTRUCCIÓN LTDA.”, la cual fue constituida por escritura pública de fecha 23 de Agosto de 2013 otorgada ante el Notario de Chillán Francisco Yáber Lozano, inscrita dicha constitución a fojas 625 Nº 696 del Registro Comercio año 2013 Conservador Bienes Raíces Chillán.- Capital. $10.000.000 RUT: 76.326.631-1.- SANEAMIENTO CONSISTE: Rectifican y sanean escritura pública de Modificación social otorgada ante el Notario de Chillán Juan Armando Bustos Bonniard, de fecha 04 de septiembre de 2014, inscrita a fojas 568 número 491 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chillán del año 2014, en el siguiente sentido, DONDE DICE: “TERCERO: De conformidad a la cesión de derechos efectuada precedentemente don FRANCISCO JAVIER BREVIS NEIRA tiene un interés social equivalente 93% de los derechos sociales” DEBE DECIR: “TERCERO: De conformidad a la cesión de derechos efectuada precedentemente don FRANCISCO JAVIER BREVIS NEIRA tiene un interés social equivalente al 95% de los derechos sociales”, por lo tanto el extracto mencionado se rectifica en el sentido de que donde dice: “Socio Francisco Javier queda con participación del 93% de la sociedad, ” debe decir: “Socio Francisco Javier queda con participación del 95% de la sociedad”. Asimismo, Rectifican y sanean escritura pública otorgada ante mí el 20 de diciembre del año 2018, y que a su vez fue saneada por no haberse inscrito dentro del plazo legal, por escritura pública de fecha 05 de septiembre del año 2019, otorgada también ante mí, y en virtud de ello se inscribió a fojas 530 vuelta número 371 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chillán del año 2019.- Los comparecientes rectifican dicha modificación social en el siguiente sentido, DONDE DICE: “SEGUNDO: En virtud de la escritura constitutiva y su posterior modificación la sociedad “ALFA OMEGA CHILE INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA”, se encuentra conformada exclusivamente por don FRANCISCO JAVIER BREVIS NEIRA titular de un 93% de participación en el capital, derechos y haberes de la sociedad y por doña JENNY ELIET HERNÁNDEZ FUENTES, titular de un 7% de participación en el capital, derechos y haberes de la sociedad.” DEBE DECIR: “SEGUNDO: En virtud de la escritura constitutiva y su posterior modificación la sociedad “ALFA OMEGA CHILE INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA”, se encuentra conformada exclusivamente por don FRANCISCO JAVIER BREVIS NEIRA titular de un 95% de participación en el capital, derechos y haberes de la sociedad y por doña JENNY ELIET HERNÁNDEZ FUENTES, titular de un 5% por ciento de participación en el capital, derechos y haberes de la sociedad.”- DONCE DICE: “TERCERO: Por el presente los comparecientes vienen en modificar la referida sociedad en los siguientes términos: A) Por el presente instrumento don FRANCISCO JAVIER BREVIS NEIRA, vende, cede y transfiere a doña JENNY ELIET HERNÁNDEZ FUENTES, quien compra, acepta y adquiere para sí el 92,47% de los derechos sociales que al cedente le corresponden en la sociedad, y que equivalen al 86% por ciento del haber social…” B) Por el presente instrumento don FRANCISCO JAVIER BREVIS NEIRA, vende, cede y transfiere a don RODRIGO ALEJANDRO LOBOS BREVIS quien compra, acepta y adquiere para sí el 7,52% de los derechos sociales que el cedente le corresponden en la sociedad, y que equivalen al 7% del haber social…”.- DEBE DECIR: “TERCERO: Por el presente los comparecientes vienen en modificar la referida sociedad en los siguientes términos: A) Por el presente instrumento don FRANCISCO JAVIER BREVIS NEIRA, vende, cede y transfiere a doña JENNY ELIET HERNÁNDEZ FUENTES, quien compra, acepta y adquiere para sí el 92,63% por ciento de los derechos sociales que al cedente le corresponden en la sociedad, y que equivalen al 88% del haber social…” B) Por el presente instrumento don FRANCISCO JAVIER BREVIS NEIRA, vende, cede y transfiere a don RODRIGO ALEJANDRO LOBOS BREVIS quien compra, acepta y adquiere para sí el 7,37 de los derechos sociales que el cedente le corresponden en la sociedad, y que equivalen al 7% del haber social…” Esta mención se contiene en la escritura y en el extracto, siendo necesario armonizar ambos instrumentos, por medio de la presente rectificación, y por lo tanto el extracto mencionado en la cláusula anterior en el sentido de que donde dice: “ Modificación consiste: a) el socio FRANCISCO JAVIER BREVIS NEIRA, vende, cede y transfiere a doña JENNY ELIET HERNÁNDEZ FUENTES, quien compra, acepta y adquiere para sí el 92,47% de los derechos que al cedente corresponden en la sociedad, equivalentes al 86% de participación en el capital, derechos y haberes de la sociedad, por el predio de $8.600.000, pagados forma indicada en la escritura extractada y b) el socio FRANCISCO JAVIER BREVIS NEIRA, vende, cede y transfiere a don RODRIGO ALEJANDRO LOBOS BREVIS, quien compra, acepta y adquiere para sí el 7,52% de los derechos que al cedente corresponden en la sociedad, equivalentes al 7% de participación en el capital, derechos y haberes de la sociedad, por el precio de $1.400.000, pagados forma indicada en la escritura extractada. DEBE DECIR: “Modificación consiste: a) el socio FRANCISCO JAVIER BREVIS NEIRA, vende, cede y transfiere a doña JENNY ELIET HERNÁNDEZ FUENTES, quien compra, acepta y adquiere para sí el 92,63% de los derechos que al cedente corresponden en la sociedad, equivalentes al 88% de participación en el capital, derechos y haberes de la sociedad, por el predio de $8.600.000, pagados forma indicada en la escritura extractada y b) el socio FRANCISCO JAVIER BREVIS NEIRA, vende, cede y transfiere a don RODRIGO ALEJANDRO LOBOS BREVIS, quien compra, acepta y adquiere para sí el 7,37% de los derechos que al cedente corresponden en la sociedad, equivalentes al 7% de participación en el capital, derechos y haberes de la sociedad, por el precio de $1.400.000, pagados forma indicada en la escritura extractada”.- En virtud de la rectificación y saneamiento, los comparecientes dejan establecido que actualmente son únicos socios de la sociedad ALFA OMEGA CHILE INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA, doña JENNY ELIET HERNÁNDEZ FUENTES con un 93% de la participación, derechos y haberes en la sociedad, y don RODRIGO ALEJANDRO LOBOS BREVIS, con un 7% de participación, derechos y haberes en la sociedad.- Demás estipulaciones escritura extractada. En todo lo no modificado se mantiene plenamente vigente la escritura constitutiva y sus posteriores modificaciones.- Chillán, 24 febrero de 2021.-