MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS, TRANSPORTES E INVERSIONES HEREDIA E HIJOS LIMITADA

RUT 76724661-7 CVE 1931475
Capital
$40.000 CLP
Fecha instrumento
8 de abril de 2021
Notaría
Concepción con asiento en Chiguayante

Instrumento

Fecha
8 de abril de 2021
Notario
GUACOLDA ELIZABETH AEDO ORMEÑO
Domicilio
y Conservador de Bienes Raíces
Comuna
Concepción con asiento en Chiguayante

Sociedad

Capital
$40.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GUACOLDA ELIZABETH AEDO ORMEÑO, Notario Público Interino y Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de la 8° Notaría de Concepción con asiento en Chiguayante, calle O’Higgins N°1690, certifica: Por escritura, pública de fecha 08 de Abril de 2021, otorgada ante el Notario Adjunto don Eduardo Alberto Contreras Lagos, doña FLOR IRENE NUÑEZ MOYA, cedula de identidad nacional número ocho millones novecientos ochenta y dos mil setecientos ochenta y tres guión tres, empresaria, soltera; don BERNARDO IVAN HEREDIA NUÑEZ, cedula de identidad nacional número catorce millones ciento cincuenta y dos mil doscientos cuarenta guión k, Ingeniero Civil Industrial, casado y separado totalmente de bienes; y don LUCAS IVAN DIEGO HEREDIA AEDO, cedula de identidad nacional número veintiún millones doscientos treinta y dos mil ochocientos veintidós guión siete, empresario, soltero, todos con domicilio en calle El Maitén número mil novecientos ochenta y cuatro, Chiguayante, los socios doña FLOR IRENE NUÑEZ MOYA, y don BERNARDO IVAN HEREDIA NUÑEZ, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social es SERVICIOS, TRANSPORTES E INVERSIONES HEREDIA E HIJOS LIMITADA nombre de fantasía HEREDIA E HIJOS LTDA., cuyo Rol único Tributario es 76.724.661-7, constituida por escritura pública de 06/03/2017, en Notaria Aedo de Chiguayante, cuyo extracto fue publicado en el Diario oficial de la República de 16/03/2017, y se inscribió a fojas 32 VTA. N° 228, del Registro de Comercio de Chiguayante, correspondiente al año 2017, Modificada por escritura pública de fecha 01 de agosto de 2018, otorgada en Notaría Aedo de Chiguayante, cuyo extracto fue publicado en el Diario oficial de la República de fecha 24 de Agosto de 2018, inscrita en el Registro de Comercio de Chiguayante, a fojas 114 vta, Nº71, correspondiente al año 2018, modificada en el sentido y forma que a continuación se expresan: Se incluyeron o agregaron en la cláusula segunda de la escritura constitutiva antes referida, en el sentido que se incluyeron o agregaron en el objeto social los siguientes puntos: Uno) La construcción de inmuebles, viviendas, condominios, edificios, viviendas sociales, edificios sociales y toda clase de construcción; y Dos) La prestación de servicios de asistencia técnica, en materias habitacionales. Modificación Aumento de Capital: Asimismo modificaron la cláusula cuarta del pacto de constitución social, en el sentido que aumentaron el capital de la sociedad en $40.000.000 más, resultando un capital social en definitiva de $55.000.000. Los montos que fueron destinados a incrementar el capital social, fueron aportados del modo siguiente: UNO) por la socia FLOR IRENE NUÑEZ MOYA, enterando la suma de $20.000.000, al contado, en dinero efectivo, ingresados en ese acto en caja social; y DOS) por el socio BERNARDO IVAN HEREDIA NUÑEZ enterando la suma de $20.000.000, al contado, en dinero efectivo, ingresados en ese acto en caja social.- Modificación actual socios: FLOR IRENE NUÑEZ MOYA y BERNARDO IVAN HEREDIA NUÑEZ únicos y actuales socios, vienen en modificar la sociedad antes referida en el sentido y forma que a continuación se expresa: a) El socio BERNARDO IVAN HEREDIA NUÑEZ, vende, cede y transfiere, a LUCAS IVAN DIEGO HEREDIA AEDO, quien compra, acepta y adquiere para sí, la mitad de los derechos sociales que al primero le corresponden, en la sociedad ”SERVICIOS, TRANSPORTES E INVERSIONES HEREDIA E HIJOS LIMITADA”, equivalentes al 25% del capital social. El precio de esta venta es la suma de trece millones setecientos cincuenta mil de pesos que el cesionario paga, en este acto, al contado y en dinero efectivo, al cedente, declarando éste último recibir a su entera satisfacción. Reparto de utilidades y perdidas nuevos socias: En consecuencia, conforme a las mutaciones realizadas, las utilidades o pérdidas que produjeren los negocios sociales se distribuirán entre los socios a prorrata de sus aportes, es decir, para doña FLOR IRENE NUÑEZ MOYA, cincuenta por ciento (50,00%) de la sociedad; para don BERNARDO IVAN HEREDIA NUÑEZ, veinticinco por ciento (25,00%) de la sociedad; y para don LUCAS IVAN DIEGO HEREDIA AEDO, veinticinco por ciento (25,00%) de la sociedad, salvo acuerdo en contrario de los socios y sin perjuicio, de las remuneraciones, honorarios o participación de utilidades a los que tuvieren derechos por el aporte a la sociedad de sus actividades personales en la forma que oportunamente convinieren al igual que las sumas que mensualmente podrán retirar para sus gastos particulares. Responsabilidad nuevos socios. Para todos los efectos legales FLOR IRENE NUÑEZ MOYA, BERNARDO IVAN HEREDIA NUÑEZ, y LUCAS IVAN DIEGO HEREDIA AEDO, en su condición de únicos socios y dueños de la sociedad, asumen y se hacen cargo a nombre de ésta, de cualquiera obligación o deuda que la sociedad mantenga o contraiga en lo sucesivo. Limitación responsabilidad de nuevos socios. Los nuevos socios reiteran lo convenido en el pacto de constitución social, en orden a limitar su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Alcance de modificaciones. Se deja expresamente establecido que la presente escritura formará parte integrante del pacto social y sus modificaciones y éste continúa vigente, en todo aquello que no ha sido modificado expresa o tácitamente por el presente instrumento. Demás estipulaciones escritura extractada. Chiguayante, a 12 de Abril de 2021.