SAGRICO SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de marzo de 2021
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N°65, piso 2, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 26 de marzo de 2021, ante la Notario Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz: i) don Alejandro José Boetsch Fernández ii) La sociedad Inversiones Calera de Tango S.A., todos domiciliados para estos efectos en Rinconada de Nos, parcela 10, San Bernardo, Santiago, Región Metropolitana; acordaron fusionar la sociedad “SAGRICO SpA”, sociedad inscrita a fojas 4721 número 3037 del año 1954. I. Fusión Sociedades: Los accionistas acordaron la fusión de la sociedad “INMOBILIARIA Y PROMOTORA MEDICA S.A.”, inscrita a fojas 12223 número 6147 del año 1992, como la absorbida, en “SAGRICO SpA”, como la continuadora o absorbente. II. Disolución: Como consecuencia de la fusión acordada anteriormente, se disuelve la sociedad absorbida “INPROMED S.A.”, la que se fusiona en “SAGRICO SpA” sin que sea necesario proceder a su liquidación en atención a la incorporación de la totalidad de sus activos, pasivos y patrimonio a la sociedad absorbente, entidad que se considerará su sucesora para todos los efectos legales. III. Aumento de capital: Como consecuencia de la fusión acordada mediante el presente instrumento, se aumenta el capital social de la sociedad “SAGRICO SpA”, desde la suma de $4000 pesos a la suma de $1.034.562 pesos, esto es, en la cantidad de $1.030.562 pesos. IV. Modificación Estatutos “SAGRICO SpA”. De acuerdo a lo expresado y pactado en las cláusulas precedentes, los actuales y únicos accionistas de la sociedad “SAGRICO SpA”, vienen en modificar el Artículo Quinto y Artículo Segundo Transitorio de los estatutos sociales, el cual queda del siguiente tenor: “Artículo Quinto: El capital social será la suma única y total de 1.034.562 de pesos, dividido en un 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, y de igual valor, suscritas y pagadas conforme señala el artículo segundo transitorio de los estatutos sociales”. En todo lo no modificado por la escritura extractada, permanecen plenamente vigentes las demás cláusulas de los Estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de abril de 2021.-