Instrumento
- Fecha
- 14 de abril de 2021
- Notario
- GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO
- Oficio
- 10° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, Notario Público Suplente 10° Notaría de Santiago, Agustinas 1.235, piso 2, certifico: Que, por escritura pública de 14 de abril de 2021, ante mí, doña Ivania Sacha Galaz González, doña Alexandra Catalina Galaz González, y don Vladimir Jesús Verdugo Albarracín, constituyeron una sociedad por acciones con las siguientes menciones principales: Razón Social: “Naturalssan SpA”; Objeto: La sociedad tendrá por objeto: (a) Prestación de servicios profesionales en el área de la estética, belleza y salud integral, así como también, todo lo relacionado con la venta, promoción y explotación comercial de sus productos, medicamentos y alimentos; (b) El desarrollo de toda actividad tendiente al mantenimiento y embellecimiento de la figura corporal humana, incluyendo entre otros, tratamientos corporales y faciales, peluquería y barbería, cosmetología, podología, manicure, pedicure, maquillaje, depilación, uso de aparatología corporal estética, servicios médicos complementarios sauna, solárium, gimnasio de todo tipo, tratamientos de acupuntura, reiki, biomagnetismo, flores de Bach, quiropráctica, reflexología y auriculoterapia. Así como la creación de establecimientos dedicados al cuidado de la belleza femenina y/o masculina; (c) La compra, venta, exportación y/o importación de equipos, productos, cosméticos, alimentos, accesorios y otros similares; (d) La prestación de servicios profesionales en el área de la salud, especialmente en el área de la medicina, así como en cada una de las especialidades relacionadas, atender consultas, otorgar tratamientos médicos generales o especiales; proporcionar atención médica y profesional, realizar exámenes y atender consultas propias o ajenas, todo ello de manera ambulatoria, domiciliaria, o a pacientes hospitalizados respecto de toda persona que en forma directa o a través de convenios con cualquiera persona jurídica de derecho público, como el Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales nacional o extranjera, acuda en demanda de sus servicios; (e) Cualquier otro objeto lícito determinado por la administración de la sociedad, relacionado con lo anterior; (f) La realización de toda clase de inversiones, por cuenta propia o ajena, en cualquier tipo de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, títulos de créditos y otros valores mobiliarios, participación en sociedades y otras personas jurídicas, de cualquier clase y objeto; (g) La administración de tales inversiones y la percepción de los frutos o rentas que se generen por éstas; y (h) Cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que los accionistas de común acuerdo determinen; Capital: $1.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas y sin valor nominal; capital totalmente suscrito y pagado en la forma indicada en la escritura. Se designó a doña Ivania Sacha Galaz González, C. I. 18.409.053-8 y a doña Alexandra Catalina Galaz González, C. I. 16.712.073-3 como administradores provisionales, pudiendo actuar individualmente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de abril de 2021.