Inversiones Doña Josefa Limitada
Instrumento
- Fecha
- 3 de marzo de 2021
- Repertorio
- 8146-2021
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Titular de la 42ª Notaría Santiago, Agustinas 1070, 2° piso, certifica: Por escritura pública de fecha 3 de marzo de 2021, repertorio 8.146-2021, ante mí, /1/ Alejandra Corbalán Rodríguez, domiciliada en Evaristo Lillo N°431, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; /2/ Guillermo José Infante Cortés, domiciliado en Evaristo Lillo N° 431, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; /3/ doña María Gloria Corbalán Rodríguez, domiciliada en Suecia N°1650 dpto. 43, comuna de Providencia, Región Metropolitana; y /4/ Fernando Sergio Infante Cortés, domiciliado en Basel N° 788 - A, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; modificaron la sociedad “Inversiones Doña Josefa Limitada”, RUT: 76.132.917-0, inscrita a fs. 4045 Nº 3065 Registro Comercio de Santiago 2011, según lo siguiente: Cesión de Derechos: Fernando Sergio Infante Cortés vende, cede y transfiere el 0,2% en los derechos sociales en “Inversiones Doña Josefa Limitada” a Guillermo José Infante Cortés. María Gloria Corbalán Rodríguez vende, cede y transfiere el 0,2 % en los derechos sociales en “Inversiones Doña Josefa Limitada” a Alejandra Corbalán Rodríguez. Producto de lo anterior, se retiran de la sociedad Fernando Sergio Infante Cortés y María Gloria Corbalán Rodríguez. Modificaciones: UNO/ Se modificó cláusula 4° de los estatutos referente al capital, quedando como sigue: “CUARTO: El capital de la sociedad es la suma de $500.000, el que ha sido aportado y enterado en forma íntegra por los socios, de acuerdo a lo siguiente: (a) El socio Guillermo José Infante Cortés ha aportado la suma de $250.000, que equivale al 50% del capital social; y (b) la socia Alejandra Corbalán Rodríguez ha aportado la suma de $250.000 que equivale al restante 50% del capital social. DOS/ Se modificó la cláusula 6°, relativa a la administración y uso de la razón social, en cuanto ésta corresponderá en lo sucesivo a los socios Guillermo José Infante Cortés y Alejandra Corbalan Rodriguez, actuando separada e indistintamente, y a Fernando Sergio Infante Cortés y María Gloria Corbalán Rodríguez, actuando ambos conjuntamente, quienes actuando en la forma indicada y anteponiendo a sus firmas la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, con las más amplias facultades indicadas en la escritura extractada. En todo lo no modificado permanecen inalterados los estatutos sociales, incluyendo la limitación de la responsabilidad de los socios a sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 de abril de 2021.-