INVERSIONES CHAPATIN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de abril de 2021
- Repertorio
- 7007/2021
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- La Sociedad tendrá una duración de 10 años contados desde la fecha escritura extractada, entendiéndose renovada en forma automática y sucesiva, por periodos de 10 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término a la expiración de un determinado período, en la forma señalada en la escritura extractada. 4
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) efectuar inversiones en todo tipo de sociedades, fondos de inversión, en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos sociales bonos, pagarés, efectos de comercio, letras hipotecarias, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, documentos del mercado de capitales o financieros, u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, en Chile o en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, ya sean colectivas, comandita por acciones o simplemente en comandita, concurriendo como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas, de responsabilidad limitada o por acciones, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos; b) la celebración de todos los demás actos y contratos tendientes al cumplimiento del giro social señalado; y, c) ejecutar todas las operaciones, actividades, negocios o inversiones que acuerden los socios y que digan relación con el
Administración
La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Diego Pereira Rabat, quien actuando individualmente representará a la Sociedad con las facultades señaladas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifico que mediante escritura pública otorgada con fecha 9 de abril de 2021, Repertorio N°7007/2021, ante mí, don Diego Pereira Rabat y doña María Isabel Correa Irarrázaval, ambos domiciliados para estos efectos en calle Gran Vía N°8022, comuna de Vitacura, Santiago; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada que se regirá por los siguientes estatutos: 1. Razón Social: El nombre de la sociedad será “INVERSIONES CHAPATIN LIMITADA” (en adelante, la “Sociedad”), sin perjuicio de que para fines comerciales, publicitarios, e incluso ante bancos, instituciones financieras y ante el Servicio de Impuestos Internos pueda usar el nombre “CHAPATIN LTDA.”. 2. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) efectuar inversiones en todo tipo de sociedades, fondos de inversión, en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos sociales bonos, pagarés, efectos de comercio, letras hipotecarias, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, documentos del mercado de capitales o financieros, u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, en Chile o en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, ya sean colectivas, comandita por acciones o simplemente en comandita, concurriendo como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas, de responsabilidad limitada o por acciones, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos; b) la celebración de todos los demás actos y contratos tendientes al cumplimiento del giro social señalado; y, c) ejecutar todas las operaciones, actividades, negocios o inversiones que acuerden los socios y que digan relación con el objeto social. 3. Duración: La Sociedad tendrá una duración de 10 años contados desde la fecha escritura extractada, entendiéndose renovada en forma automática y sucesiva, por periodos de 10 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término a la expiración de un determinado período, en la forma señalada en la escritura extractada. 4. Capital: El capital de la Sociedad será la suma de $1.000.000.-, que los socios aportaron y enteraron de la siguiente forma: a) don Diego Pereira Rabat aportó y enteró la suma de $800.000, equivalentes al ochenta por ciento del total del capital social, que pagó al contado y en dinero en efectivo a la fecha de la escritura extractada; y b) doña María Isabel Correa Irarrázaval aportó y enteró la suma de $200.000, equivalente al veinte por ciento del total del capital social, que pagó al contado y en dinero a la fecha de la escritura extractada. 5. Administración: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Diego Pereira Rabat, quien actuando individualmente representará a la Sociedad con las facultades señaladas en escritura extractada. Demás estipulaciones escritura extractada. Responsabilidad de los socios limitada al monto de sus aportes. Santiago, 19 de abril de 2021.