INMOBILIARIA INRENCIS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de marzo de 2021
- Notario
- GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO
- Oficio
- Titular de la Décima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Su domicilio será la ciudad de Santiago
- Duración
- La Sociedad tendrá una vigencia de siete años contados desde la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poder término a la sociedad mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la sociedad, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente
Objeto social
La sociedad tiene por objeto efectuar inversiones y actos de comercio en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales incorporales, incluyendo acciones, opciones, bonos, títulos de créditos, derechos, valores mobiliarios e inmobiliarios y efectos de comercio; la adquisición, explotación, administración, construcción, loteo, enajenamiento y toda clase de actos y contratos relativos a bienes raíces y derechos sobre ellos, prestación de servicios en las áreas de corretaje, intermediación, representación, agencia, estudio, asesoría, evaluación, organización, construcción, explotación, comercialización, distribución y administración de toda clase de bienes, servicios, establecimientos o negocios; la prestación de toda clase de asesorías, soluciones y servicios relacionadas con el objeto social antes indicado, así como toda clase de actividades similares y conexas; la sociedad podrá prestar sus servicios directamente al público o a través de convenios con empresas o cualquier entidad pública o privada. Asimismo, podrá ejecutar total o parcialmente su giro en forma directa o por medio de otra u otras sociedades de que forme parte o constituya al efecto, pudiendo adquirir los bienes muebles o inmuebles que sean necesarios
Administración
La representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponde a don Roberto Patricio Herrera Rojas, 5.668.411-5 y a doña Ana María Cisterna Vicidomini, 5.852.892-7, quienes actuando indistintamente, en forma separada uno cualesquiera de ellos, la ejercerán personalmente, a través de sus representantes legales o de una o más personas designadas especialmente para este objeto por escritura pública. Responsabilidad limitada al monto de los respectivos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular de la Décima Notaría de Santiago, VALERIA RONCHERA FLORES, con oficio en Agustinas número mil doscientos treinta y cinco, segundo piso, certifico: que, mediante escritura pública de nueve de abril de 2021, don ESTEBAN IGNACIO RAMIREZ SEGURA, abogado, en representación de doña ANA MARIA CISTERNA VICIDOMINI, secretaria, doña MARIAJOSÉ DEL PILAR HERRERA CISTERNA, ingeniera comercial, doña ALEJANDRA PATRICIA HERRERA CISTERNA, fotógrafa y doña ANA CAROLINA HERRERA CISTERNA, licenciada en Arte, todos domiciliadas para estos efectos en Manuel Antonio Tocornal 1565, comuna y ciudad de Santiago; rectificaron y complementaron escritura pública de fecha 26 de marzo de 2021 otorgada en notaría de doña Valeria Ronchera Flores, en siguiente sentido: i) dejar constancia del hecho de no haberse liquidado la sociedad; ii) manifestar expresamente la intención de continuar con la sociedad “INMOBILIARIA INRENCIS LIMITADA”; y iii) ratificar los estatutos sociales: Nombre. “INMOBILIARIA INRENCIS LIMITADA”. Administración. La representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponde a don Roberto Patricio Herrera Rojas, 5.668.411-5 y a doña Ana María Cisterna Vicidomini, 5.852.892-7, quienes actuando indistintamente, en forma separada uno cualesquiera de ellos, la ejercerán personalmente, a través de sus representantes legales o de una o más personas designadas especialmente para este objeto por escritura pública. Responsabilidad limitada al monto de los respectivos aportes. Domicilio. Su domicilio será la ciudad de Santiago, , sin perjuicio de los domicilios especiales de las agencias, sucursales u oficinas que pueda establecer en otros lugares del país. Duración. La Sociedad tendrá una vigencia de siete años contados desde la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poder término a la sociedad mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la sociedad, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. Objeto. La sociedad tiene por objeto efectuar inversiones y actos de comercio en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales incorporales, incluyendo acciones, opciones, bonos, títulos de créditos, derechos, valores mobiliarios e inmobiliarios y efectos de comercio; la adquisición, explotación, administración, construcción, loteo, enajenamiento y toda clase de actos y contratos relativos a bienes raíces y derechos sobre ellos, prestación de servicios en las áreas de corretaje, intermediación, representación, agencia, estudio, asesoría, evaluación, organización, construcción, explotación, comercialización, distribución y administración de toda clase de bienes, servicios, establecimientos o negocios; la prestación de toda clase de asesorías, soluciones y servicios relacionadas con el objeto social antes indicado, así como toda clase de actividades similares y conexas; la sociedad podrá prestar sus servicios directamente al público o a través de convenios con empresas o cualquier entidad pública o privada. Asimismo, podrá ejecutar total o parcialmente su giro en forma directa o por medio de otra u otras sociedades de que forme parte o constituya al efecto, pudiendo adquirir los bienes muebles o inmuebles que sean necesarios. Capital. El capital de la sociedad es la cantidad de trescientos veintinueve mil cuatrocientos pesos, que los socios aportan en las siguientes proporciones: doña Ana María Cisterna Vicidomini la suma de treinta y dos mil novecientos cuarenta pesos equivalente al diez por ciento de los derechos sociales, doña Mariajosé Del Pilar Herrera Cisterna la suma de noventa y ocho mil ochocientos veinte pesos equivalente al treinta por ciento de los derechos sociales, doña Alejandra Patricia Herrera Cisterna la suma de noventa y ocho mil ochocientos veinte pesos equivalente al treinta por ciento de los derechos sociales y doña Ana Carolina Herrera Cisterna la suma de noventa y ocho mil ochocientos veinte pesos equivalente al treinta por ciento de los derechos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada.” Santiago, 16 de abril de 2021.