Instrumento
- Fecha
- 19 de abril de 2021
- Repertorio
- 1007-2021
- Comuna
- Pública Interina de la
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- San Pedro de La Paz
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley N°20.190
Objeto social
A.- a) Venta de insumos y artículos náuticos para la pesca artesanal; b) Servicio y venta de repuestos para motores fuera de borda, automotores multimarca e insumos forestales. B.- Y en general, todas aquellas actividades directa o indirectamente relacionadas con las anteriores o necesarias para desarrollar o complementar el objeto social o que sea consecuencia de él
Administración
La administración corresponderá a doña JOCELYN ELIZABETH HERMOSILLA MORA, con las más amplias facultades y sin limitaciones de ningún tipo.
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalZUNILDA VITALIA SUAZO CASTILLO, Abogada, Notaria Pública Interina de la Segunda Notaría de Concepción, con oficio en calle San Martín N°906, certifico: Que por Escritura Pública otorgada ante mí, el día 19 de Abril de 2021, Repertorio N°1.007-2021, compareció: doña JOCELYN ELIZABETH HERMOSILLA MORA, chilena, casada, factor de comercio, cédula de identidad Nº 16.154.519-8, domiciliada en calle Tucapel Nº 1463, Brisa Norte 1, comuna de San Pedro de la Paz, constituyó sociedad por acciones, la que se regirá por las estipulaciones de sus estatutos, por las disposiciones de la Ley N°20.190 sobre mercado de capitales y Ley N°18.046, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil: Nombre. “CVC NÁUTICA SUR SpA” Domicilio: San Pedro de La Paz. Objeto. A.- a) Venta de insumos y artículos náuticos para la pesca artesanal; b) Servicio y venta de repuestos para motores fuera de borda, automotores multimarca e insumos forestales. B.- Y en general, todas aquellas actividades directa o indirectamente relacionadas con las anteriores o necesarias para desarrollar o complementar el objeto social o que sea consecuencia de él. Administración. La administración corresponderá a doña JOCELYN ELIZABETH HERMOSILLA MORA, con las más amplias facultades y sin limitaciones de ningún tipo. - Capital. El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000.-, divididos en 20 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que el constituyente enteró de la siguiente forma: En dinero efectivo, el equivalente a 10 acciones ingresando en caja social en este acto la suma de $1.000.000. Y los 10 restantes deberán ser pagadas dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, según artículo 1° transitorio de escritura extractada. Duración. Indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, Abril 20 de 2021. Doy fe./frs