CONSTRUCTORA SAN ANDRES SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de abril de 2021
- Notario
- RAIMUNDO ESPINOZA WOOD
- Oficio
- 1° Notaría Maipú-Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAIMUNDO ESPINOZA WOOD, Notario Público Interino, de la 1° Notaría Maipú-Santiago, con oficio en calle Monumento No. 2079, comuna de Maipú: Certifica: Que por escritura de fecha 15 de abril de 2021, ante mí, doña VERONICA PATRICIA MORENO HERRERA, chilena, ingeniera comercial, redujo a escritura pública acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de sociedad “CONSTRUCTORA SAN ANDRES SpA”, realizada el 15 de abril de dos mil veintiuno, en que los socios, en lo pertinente, acordaron aumentar capital social de doscientos cuarenta millones de pesos, a la suma de quinientos ochenta y siete millones seiscientos sesenta mil cuatrocientos ochenta y siete, mediante la emisión de trescientas cuarenta y siete millones seiscientos sesena mil cuatrocientas ochenta y siete nuevas acciones que para estos efectos serán liberadas de pago, en razón de un peso por acción, las que fueron suscritas por los socios doña VERONICA PATRICIA MORENO HERRERA y don RICARDO ANDRÉS LEON VALENZUELA, y pagadas en la forma indicada en escritura extractada. En virtud del aumento acordado, se procedió a sustituir los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos, quedando su tenor siguiente manera: “ARTICULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de quinientos ochenta y siete millones seiscientos sesenta mil cuatrocientos ochenta y siete pesos, dividido en quinientas ochenta y siete millones seiscientas sesenta mil cuatrocientas ochenta y siete acciones, ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad con la ley. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes. de una misma y única serie y sin valor nominal, el que se suscribe y es enterado en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de la presente escritura. Los constituyentes y los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad”. Por su parte, el Artículo Primero Transitorio, quedó siguiente tenor: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad es la suma de quinientos ochenta y siete millones seiscientos sesenta mil cuatrocientos ochenta y siete pesos, dividido en quinientas ochenta y siete millones seiscientas sesenta mil cuatrocientas ochenta y siete acciones, ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, en el que cada acción dará derecho a un voto, que se suscribe y paga de la siguiente manera: Uno). Doña VERONICA PATRICIA MORENO HERRERA, suscribe cuatrocientas cuarenta millones setecientos cuenta y cinco mil trescientos sesenta y seis acciones, de las cuales cuatrocientas veinticuatro millones cuatrocientas cuarenta y cinco mil trescientas sesenta y seis, se encuentran pagadas y las restantes dieciséis millones trescientas mil, se pagarán en un plazo de cinco años contados desde la fecha de la escritura. Dos). Don RICARDO ANDRÉS LEON VALENZUELA, suscribe ciento cuarenta y síes millones novecientos quince mil ciento veintiuna acciones, de las cuales noventa y un millones cuatrocientos quince mil ciento veintiuna, se encuentran pagadas y las restantes cincuenta y cinco millones quinientas mil, se pagarán en un plazo de cinco años contados desde la fecha de la escritura”. En lo no modificado, permanecen plenamente vigentes los estatutos sociales. La sociedad rola inscrita a Fojas 72442 número 39073 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2017. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 16 de abril de 2021.