CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

VILLA FERTIL INVERSIONES INMOBILIARIAS LIMITADA

RUT 12488802-6 CVE 1930101
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
5 de marzo de 2021
Notaría
Buin
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
5 de marzo de 2021
Notario
Pedro Hernán Álvarez Lorca
Oficio
Primera Notaria de Buin
Comuna
Buin

Sociedad

Capital
$2.000 CLP
Domicilio
la Comuna de Buin
Duración
La sociedad comenzará a regir a partir de hoy y tendrá una duración de 5 años a partir de dicha fecha, renovable tácita y sucesivamente por periodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social con una anticipación de a lo menos 6 meses

Objeto social

El objeto de la sociedad será ejecutar todo acto, convención o contrato sobre todo tipo de bienes inmuebles, especialmente la compra y venta de todo tipo de bienes inmuebles, dentro o fuera de Chile, por cuenta propia o ajena, la administración y)o explotación comercial de toda clase de bienes inmuebles, dentro o fuera de Chile, por cuenta propia o ajena y la inversión en todo tipo de bienes inmuebles, dentro o fuera de Chile, por cuenta propia o ajena; ejecutar todo acto, convención o contrato que se relacione directa o indirectamente con la comercialización de todo tipo de bienes inmuebles, ya sea que dichos actos, convenciones o contratos los ejecute por cuenta propia o ajena, dentro o fuera de Chile; encargar o mandatar a sociedades constructoras, nacionales o extranjeras, la construcción de todo tipo de bienes inmuebles, dentro o fuera de Chile, por cuenta propia o ajena; arrendar y)o subarrendar toda clase de bienes inmuebles, dentro o fuera de Chile, por cuenta propia o ajena; prestar servicios de construcción, de arquitectura y de diseño inmobiliario, dentro o fuera de Chile, por cuenta propia o ajena; en general, ejecutar todo acto, convención o contrato que se relacione directa o indirectamente con el objeto principal ya descrito y que sea necesario para el cabal logro del objeto social y, todo otro negocio que los socios determinen de común acuerdo

Administración

El uso de la razón social y la administración corresponderá al socio MARIA ALEJANDRA LOYOLA ELIAS, quien anteponiendo su firma a la razón social la representará con las más amplias facultades

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
MARIA ALEJANDRA LOYOLA ELIAS socio 12488802-6
Región Metropolitana y doña PAULINA PAZ BUSTOS LOYOLA socio 19391362-8

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Pedro Hernán Álvarez Lorca, Notario Público de la Primera Notaria de Buin, Aníbal Pinto 269, Local 5, certifico que por escritura hoy ante mí: doña MARIA ALEJANDRA LOYOLA ELIAS, chilena, casada, dueña de casa, Cédula Nacional de Identidad número 12.488.802-6, domiciliada en El Recurso, Parcela 62, Comuna de Buin, Región Metropolitana y doña PAULINA PAZ BUSTOS LOYOLA, chilena, soltera, estudiante, Cédula Nacional de Identidad número 19.391.362-8, domiciliada en El Recurso, Parcela 62, Comuna de Buin, Región Metropolitana: constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes. Razón social: La razón social será “VILLA FERTIL INVERSIONES INMOBILIARIAS LIMITADA”. Sin embargo, la sociedad podrá también funcionar y actuar ante cualquier persona, autoridad o institución con el nombre de fantasía “VILLA FERTIL LIMITADA”. Administración y uso de la razón social: El uso de la razón social y la administración corresponderá al socio MARIA ALEJANDRA LOYOLA ELIAS, quien anteponiendo su firma a la razón social la representará con las más amplias facultades. Capital: $2.000.000 que los socios aportan de la siguiente manera: a) la socia MARIA ALEJANDRA LOYOLA ELIAS aporta la suma de $1.000.000, equivalente al 50% del capital social, por enterar, de acuerdo a las necesidades de la caja social, aporte que la socia PAULINA PAZ BUSTOS LOYOLA acepta en este acto; b) la socia PAULINA PAZ BUSTOS LOYOLA, aporta la suma de $1.000.000, equivalente al 50% del capital social, por enterar, de acuerdo a las necesidades de la caja social, aporte que la socia MARIA ALEJANDRA LOYOLA ELIAS acepta en este acto.- Objeto: El objeto de la sociedad será ejecutar todo acto, convención o contrato sobre todo tipo de bienes inmuebles, especialmente la compra y venta de todo tipo de bienes inmuebles, dentro o fuera de Chile, por cuenta propia o ajena, la administración y/o explotación comercial de toda clase de bienes inmuebles, dentro o fuera de Chile, por cuenta propia o ajena y la inversión en todo tipo de bienes inmuebles, dentro o fuera de Chile, por cuenta propia o ajena; ejecutar todo acto, convención o contrato que se relacione directa o indirectamente con la comercialización de todo tipo de bienes inmuebles, ya sea que dichos actos, convenciones o contratos los ejecute por cuenta propia o ajena, dentro o fuera de Chile; encargar o mandatar a sociedades constructoras, nacionales o extranjeras, la construcción de todo tipo de bienes inmuebles, dentro o fuera de Chile, por cuenta propia o ajena; arrendar y/o subarrendar toda clase de bienes inmuebles, dentro o fuera de Chile, por cuenta propia o ajena; prestar servicios de construcción, de arquitectura y de diseño inmobiliario, dentro o fuera de Chile, por cuenta propia o ajena; en general, ejecutar todo acto, convención o contrato que se relacione directa o indirectamente con el objeto principal ya descrito y que sea necesario para el cabal logro del objeto social y, todo otro negocio que los socios determinen de común acuerdo. Duración: La sociedad comenzará a regir a partir de hoy y tendrá una duración de 5 años a partir de dicha fecha, renovable tácita y sucesivamente por periodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social con una anticipación de a lo menos 6 meses. Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la Comuna de Buin, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o en el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Buin, a 05 de Marzo de 2021.-