VEGA E HIJOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de abril de 2021
- Repertorio
- 284/2021
- Notario
- JUAN ANDRES RIVEROS DONOSO
- Domicilio
- Valparaíso
Sociedad
- Capital
- $15.000.000 CLP
- Domicilio
- Viña del Mar
- Duración
- 3 años, término que se entenderá tácita, automática y sucesivamente prorrogado por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante declaración, formulada en escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con una anticipación mínima de 3 meses al vencimiento del plazo original o del período en que éste se encontrare prorrogado
Objeto social
La orfebrería, el diseño, manufactura, confección, distribución, representación y comercialización de todo tipo de joyas y artículos de joyería, en minerales preciosos y semi preciosos; La importación, distribución, representación, exportación y comercialización de minerales preciosos y semi preciosos; La importación, distribución, representación, exportación y comercialización de artículos de fantasía y bisutería; La importación, distribución, representación, exportación y comercialización de relojes, artículos de relojería y repuestos de relojería; La reparación, transformación y composición de relojes y joyas; La representación de marcas de joyas preciosas y semi preciosas, de relojes y de artículos de joyería, relojería, bisutería y ornamentos de lujo; La explotación de franquicias de joyería y relojería en todos sus formatos; La capacitación y la enseñanza de las artes de la orfebrería y confección de joyas; La capacitación y la enseñanza de la reparación de relojes y joyas; La comercialización de todo tipo de bienes muebles; Prestación de todo tipo de servicios vinculados al giro principal
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ANDRES RIVEROS DONOSO, Notario Público de Valparaíso, Esmeralda 953, certifico: Que por escritura pública de fecha 06 de abril de 2021, bajo el repertorio Nº 284/2021, hoy ante mí, JULIO ENRIQUE VEGA VENEGAS, chileno, soltero, comerciante, cedula nacional de identidad Nº 6.981.174-4; doña MARIA ISABEL OYANEDEL OLIVARES, chilena, soltera, técnico paramédico, cedula nacional de identidad Nº 10.319.887-9; y don RODRIGO ADRIÁN FELIPE VEGA OLIVARES, chileno, soltero, estudiante de educación superior, cedula nacional de identidad Nº 18.998.695-5, todos con domicilio en calle Valparaíso Nº 463, local Nº 143, Viña del Mar; constituyeron sociedad responsabilidad limitada. Razón Social: “VEGA E HIJOS LIMITADA” nombre fantasía “DHARMA”. Domicilio: Viña del Mar. Objeto: La orfebrería, el diseño, manufactura, confección, distribución, representación y comercialización de todo tipo de joyas y artículos de joyería, en minerales preciosos y semi preciosos; La importación, distribución, representación, exportación y comercialización de minerales preciosos y semi preciosos; La importación, distribución, representación, exportación y comercialización de artículos de fantasía y bisutería; La importación, distribución, representación, exportación y comercialización de relojes, artículos de relojería y repuestos de relojería; La reparación, transformación y composición de relojes y joyas; La representación de marcas de joyas preciosas y semi preciosas, de relojes y de artículos de joyería, relojería, bisutería y ornamentos de lujo; La explotación de franquicias de joyería y relojería en todos sus formatos; La capacitación y la enseñanza de las artes de la orfebrería y confección de joyas; La capacitación y la enseñanza de la reparación de relojes y joyas; La comercialización de todo tipo de bienes muebles; Prestación de todo tipo de servicios vinculados al giro principal. Capital: $15.000.000.- que los socios aportan $5.000.000 cada uno, en dinero efectivo, que se enterará en este acto a la caja social. - Julio Enrique Vega Venegas, con el equivalente al 33,334% del capital social; - María Isabel Oyanedel Olivares y Rodrigo Adrián Felipe Vega Olivares, con el equivalente al 33,333% cada uno, del capital social. Administración y uso de razón social: corresponderá JULIO ENRIQUE VEGA VENEGAS, con las facultades establecidas en escritura extractada. Duración: 3 años, término que se entenderá tácita, automática y sucesivamente prorrogado por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante declaración, formulada en escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con una anticipación mínima de 3 meses al vencimiento del plazo original o del período en que éste se encontrare prorrogado. Demás estipulaciones escritura extractada. Valparaíso, 06 de abril de 2021.