MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Transportes e Inversiones Vermar Limitada

RUT 76014660-9 CVE 1930144
Capital
$7.130.504 CLP
Fecha instrumento
5 de marzo de 2021
Notaría
Pública de
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
5 de marzo de 2021
Notario
Jorge Reyes Bessone
Oficio
Novena Notaría Pública de San Miguel
Comuna
Pública de

Sociedad

Capital
$7.130.504 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad es la comuna y ciudad de Las Cabras
Duración
15 años desde fecha escritura extractada, prorrogables en forma establecida en ella

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

Romano Vercellino Martínez y Juan Ignacio Vercellino Martínez, quienes actuando individualmente representarán a la sociedad con las facultades indicadas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Jorge Reyes Bessone, Abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría Pública de San Miguel, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4886, Comuna de San Miguel, certifico: Por escritura pública de 05 de marzo de 2021, otorgada ante mí, Romano Vercellino Martínez, Sociedad de Inversiones El Chorrillo S.A., María José Vercellino Martínez, MJVM SpA, Juan Ignacio Vercellino Martínez, JIVM SpA, Francisco José Vercellino Martínez y FVM SpA, todos domiciliados para estos efectos en Parcela N° 5, Santa Inés, comuna de Las Cabras, Sexta Región, y de paso en esta, acordaron modificar la sociedad “SOCIEDAD TRANSPORTES E INVERSIONES VERMAR LIMITADA” /en adelante, la “Sociedad”/, inscrita a fs. 23 vuelta N° 20 del Registro de Comercio de Conservador de Bienes Raíces de Peumo año 2003, en lo siguiente: 1) Se acordó la división de la Sociedad, entre sí y una nueva sociedad de responsabilidad limitada que se constituye al efecto denominada “Inmobiliaria Vermar Limitada”. 2) Para efectos de la división, se disminuye capital de Sociedad Transportes e Inversiones Vermar Limitada de $55.000.000 a $47.869.496 y se sustituye el Artículo 5° de los estatutos sociales, por el siguiente: “QUINTO: El capital de la Sociedad asciende a $47.869.496, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado, en dinero efectivo, de la siguiente forma: (a) María José Vercellino Martínez aportó la suma de $1.087.943, equivalentes a 2,27% del interés social; (b) Romano Vercellino Martínez aportó la suma de $1.087.943, equivalentes a 2,27% del interés social; (c) Juan Ignacio Vercellino Martínez aportó la suma de $1.087.943, equivalentes a 2,27% del interés social; (d) Francisco José Vercellino Martínez aportó la suma de $1.087.943, equivalentes a 2,27% del interés social; (e) Sociedad de Inversiones El Chorrillo S.A. aportó la suma de $10.879.431, equivalentes a 22,73% del interés social; (f) MJVM SpA aportó la suma de $10.879.431, equivalentes a 22,73% del interés social; (g) JIVM SpA aportó la suma de $10.879.431, equivalentes a 22,73% del interés social; y, (h) FVM SpA aportó la suma de $10.879.431, equivalentes a 22,73% del interés social.” 3) Se aprueban estatutos nueva sociedad: Razón social: “Inmobiliaria Vermar Limitada”, sin perjuicio de que para fines comerciales, publicitarios, e incluso ante bancos, instituciones financieras y ante el Servicio de Impuestos Internos pueda usar el nombre “Inmobiliaria Vermar Ltda.” Domicilio: El domicilio de la sociedad es la comuna y ciudad de Las Cabras, sin perjuicio que los socios acuerden establecer oficinas, agencias o sucursales en otras comunas o ciudades del país o del extranjero. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto: i) la compra y venta, adquisición, enajenación, comercialización, explotación e inversión en toda clase de bienes inmuebles, sean estos corporales o incorporales, y la administración de estas inversiones y sus frutos, ya sea por cuenta propia o ajena; ii) la obtención de rentas de bienes raíces en virtud de su arrendamiento, subarrendamiento, usufructo y cualquiera otra forma de cesión del uso o goce temporal; iii) el desarrollo, construcción, implementación, dotación y gestión de proyectos inmobiliarios, y iv) efectuar inversiones en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos sociales, bonos, pagarés, efectos de comercio, letras hipotecarias, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, documentos del mercado de capitales o financieros, u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, en Chile o en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades civiles y comerciales, ya sean colectivas o en comandita, concurriendo como socia comanditaria o gestora en estas últimas, anónimas o de responsabilidad limitada, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos. La sociedad podrá además ejecutar todas las operaciones, actividades, negocios o inversiones que acuerden los socios y que digan relación con el objeto social. Capital: $7.130.504, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado, en dinero efectivo, de la siguiente forma: (a) María José Vercellino Martínez aportó la suma de $162.057, equivalentes a 2,27% del interés social; (b) Romano Vercellino Martínez aportó la suma de $162.057, equivalentes a 2,27% del interés social; (c) Juan Ignacio Vercellino Martínez aportó la suma de $162.057, equivalentes a 2,27% del interés social; (d) Francisco José Vercellino Martínez aportó la suma de $162.057, equivalentes a 2,27% del interés social; (e) Sociedad de Inversiones El Chorrillo S.A. aportó la suma de $1.620.569, equivalentes a 22,73% del interés social; (f) MJVM SpA aportó la suma de $1.620.569, equivalentes a 22,73% del interés social; (g) JIVM SpA aportó la suma de $1.620.569, equivalentes a 22,73% del interés social; y, (h) FVM SpA aportó la suma de $1.620.569, equivalentes a 22,73% del interés social.” Administración: Romano Vercellino Martínez y Juan Ignacio Vercellino Martínez, quienes actuando individualmente representarán a la sociedad con las facultades indicadas en escritura extractada. Duración: 15 años desde fecha escritura extractada, prorrogables en forma establecida en ella. Demás estipulaciones escritura extractada. Responsabilidad de los socios limitada a monto de sus aportes. Santiago, 14 de abril 2021.