SOCIEDAD AGRÍCOLA Y FORESTAL AGRICAR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de abril de 2021
- Notario
- CHARLES DE LA HARPE PALMA
- Domicilio
- Angol y Renaico
Sociedad
- Capital
- $175.757 CLP
- Domicilio
- Angol
- Duración
- 5 años renovables en forma tácita, automática y sucesiva por períodos iguales de un año cada uno, según se indica en la escritura extractada
- Ley aplicable
- Ley 3.918
Objeto social
a) La explotación de predios agrícolas y forestales de los cuales sea propietaria, usufructuaria, o respecto de los cuales sea titular de toda clase de derechos y de su posesión o mera tenencia, la administración de tales predios y la comercialización de su producción. b) La adquisición a cualquier título de bienes raíces, su explotación agrícola, ganadera, forestal, sea bajo la forma de compraventas, loteos, urbanizaciones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos y otros similares y la administración de los mismos; c) La forestación o reforestación de predio agrícolas, y la ejecución de toda clase de trabajos y actividades relacionadas con la mantención, cuidado y actividades relacionadas con la mantención, cuidado y explotación de los predios agrícolas; d) Formar, participar o ingresar en cualquier tipo de sociedades para llevar a cabo su
Administración
Corresponderá a don CARLOS GABRIEL NAZAL ZEDÁN, y don RICARDO ALEJANDRO NAZAL ZEDÁN, quienes podrán actuar en forma indistinta y separada para ejecutar todos los actos y contratos que se indica, salvo limitaciones indicadas en los estatutos sociales
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Sociedad Agrícola y Forestal Etalfa Limitada | socio | 79821210-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHARLES DE LA HARPE PALMA, Notario Público Titular Angol y Renaico, con oficio en calle Manuel Bunster 341, comuna de Angol, CERTIFICO: Por escritura pública de hoy ante mí, se celebró escritura pública de modificación de Sociedad Agrícola y Forestal Etalfa Limitada, RUT 79.821.210-9 suscrita por CARLOS ISMAEL NAZAL NICOLAS, comerciante, domiciliado en calle Arturo Prat número cuatrocientos uno, de la ciudad de Angol; don CARLOS GABRIEL NAZAL ZEDAN, administrador de empresas, domiciliado en calle Arturo Prat número cuatrocientos uno, de la ciudad de Angol y don RICARDO ALEJANDRO NAZAL ZEDAN, ingeniero civil, debidamente representado, con domicilio en San Francisco No 1853, Santiago, Región Metropolitana; acordaron modificaciones de Sociedad Agrícola y Forestal Etalfa Limitada, rut 79.821.210-9, sociedad inscrita a fojas 32 vuelta N° 24 del Registro de Comercio de Angol, correspondiente al ano 1988. La modificaciones consistieron en: 1.- Aprobaron la división social, y como consecuencia una disminución del capital estatutario, ascendente a la cantidad de $253.447.138 pesos a la suma de $77.689.690 pesos, entendiéndose esta última suma como el capital pagado con que quedara la sociedad luego de la división. En consecuencia, los socios acordaron sustituir la cláusula quinta del estatuto social de la sociedad por la siguiente: “QUINTO: el capital social asciende a la cantidad de 77.689.690 pesos íntegramente enterado y pagado en arcas sociales por los socios en iguales partes, correspondiendo a cada uno en un tercio de los derechos sociales”. 2.- Aprobaron el texto de los estatutos de la nueva sociedad que se crea a consecuencia de la división, sociedad constituida bajo la Ley 3.918 cuyo Nombre es: SOCIEDAD AGRÍCOLA Y FORESTAL AGRICAR LIMITADA. Nombre de fantasía “AGRICAR Ltda.”. Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Angol, sin perjuicio de abrir sucursales u oficinas, en otras ciudades de Chile o en el extranjero. Objeto: a) La explotación de predios agrícolas y forestales de los cuales sea propietaria, usufructuaria, o respecto de los cuales sea titular de toda clase de derechos y de su posesión o mera tenencia, la administración de tales predios y la comercialización de su producción. b) La adquisición a cualquier título de bienes raíces, su explotación agrícola, ganadera, forestal, sea bajo la forma de compraventas, loteos, urbanizaciones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos y otros similares y la administración de los mismos; c) La forestación o reforestación de predio agrícolas, y la ejecución de toda clase de trabajos y actividades relacionadas con la mantención, cuidado y actividades relacionadas con la mantención, cuidado y explotación de los predios agrícolas; d) Formar, participar o ingresar en cualquier tipo de sociedades para llevar a cabo su objeto. Duración: 5 años renovables en forma tácita, automática y sucesiva por períodos iguales de un año cada uno, según se indica en la escritura extractada. Capital: $175.757.448 de pesos, que los socios han aportado y pagado con anterioridad, en dinero efectivo y capitalizaciones, participando en las proporciones que se indica a continuación: a) CARLOS ISMAEL NAZAL NICOLAS, es dueño de un tercio de los derechos sociales; b) RICARDO ALEJANDRO NAZAL ZEDÁN, es dueño de un tercio de los derechos sociales y c) don CARLOS GABRIEL NAZAL ZEDÁN, es dueño de un tercio de los derechos sociales. Administración: Corresponderá a don CARLOS GABRIEL NAZAL ZEDÁN, y don RICARDO ALEJANDRO NAZAL ZEDÁN, quienes podrán actuar en forma indistinta y separada para ejecutar todos los actos y contratos que se indica, salvo limitaciones indicadas en los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura social. 3.- Venta de derechos sociales. CARLOS ISMAEL NAZAL NICOLAS, dueño de un tercio de los derechos sociales de Sociedad Agrícola y Forestal Agricar Limitada, y con el consentimiento expreso de todos los socios, vende, cede y transfiere en partes iguales de sus derechos sociales a don CARLOS GABRIEL NAZAL ZEDÁN y a don RICARDO ALEJANDRO NAZAL ZEDÁN, quienes los compran, aceptan y adquieren para sí en partes iguales. En virtud de la cesión antes señalada, la composición de los derechos sociales de Sociedad Agrícola y Forestal Agricar Limitada, quedan como sigue: don CARLOS GABRIEL NAZAL ZEDÁN, con un 50% de los derechos sociales, y don RICARDO ALEJANDRO NAZAL ZEDÁN, con un 50 % de los derechos sociales. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Angol, 16 de Abril de 2021.-