MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SALONES DE BELLEZA Y ESTÉTICA INTEGRAL BELLA LUNA SpA

RUT 77038989-5 CVE 1930534
Fecha instrumento
16 de abril de 2021
Notaría
San Pedro de Atacama

Instrumento

Fecha
16 de abril de 2021
Repertorio
088-2021
Notario
GISELA ARIADNE SCHWERTER HUAQUIN
Oficio
5 Notaría de Calama con asiento en San Pedro de Atacama
Comuna
San Pedro de Atacama

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GISELA ARIADNE SCHWERTER HUAQUIN, Notario Público Titular de la 5 Notaría de Calama con asiento en San Pedro de Atacama, ubicada en calle Los Laureles sin número, Población Condeduque, comuna de San Pedro de Atacama, provincia EL Loa, región de Antofagasta, certifico: que por escritura pública otorgada con fecha 16 de abril de 2021, Repertorio N° 088-2021, ante mí, PATRICIA DEL CARMEN PLAZA ÁLVAREZ, chilena, casada con separación total de bienes, empresaria, C.I. N° 11.333.631-5, con domicilio en pasaje Valle Elqui Nº 1772, Villa Gabriela Mistral, ciudad y comuna de Calama, en su calidad de única socia accionista, modificó sociedad por acciones “SALONES DE BELLEZA Y ESTÉTICA INTEGRAL BELLA LUNA SpA”, sociedad constituida el 12 de junio de 2019, por escritura pública suscrita ante el Notario Público Titular de la Notaria de San Pedro de Atacama, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial con fecha 10 de julio de 2019 y rola inscrito a fojas 154, N° 76 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Calama correspondiente al año 2019. Nueva socia adquirió la totalidad de las acciones por compra efectuada el 16 de abril de 2021 a doña Ada Teresa Cabezas Aramayo. Modificación: la compareciente por el presente instrumento viene en modificar la sociedad en el sentido de cambiar la administración y representación legal de la misma, designando para todos los efectos legales a doña PATRICIA DEL CARMEN PLAZA ÁLVAREZ, C.I. N° 11.333.631-5, quien a contar de esta fecha tendrá la administración y representación legal de la sociedad de conformidad a lo establecido en la cláusula décimo segunda de los estatutos sociales.- En todo aquello que no ha sido modificado permanecerán vigentes los estatutos sociales establecidos en la escritura originaria.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Pedro de Atacama, 19 de abril de 2021.