RENDIC HERMANOS S.A.
Instrumento
- Fecha
- 26 de marzo de 2021
- Notario
- JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ
- Oficio
- Titular de la 42° Notaría de Santiago de don Alvaro González Salinas
- Comuna
- Santiago de don Alvaro González Salinas
Objeto social
En consecuencia, se sustituye el Artículo Cuarto de los Estatutos Sociales por el siguiente texto: “Artículo Cuarto:
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario Público Suplente del Titular de la 42° Notaría de Santiago de don Alvaro González Salinas, con oficio en calle Agustinas número 1070, piso 2, comuna de Santiago, certifica: por escritura pública, de fecha 26 de Marzo de 2021, ante el Notario Titular, se redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de RENDIC HERMANOS S.A., celebrada ante mí, con esa misma fecha, en la cual se acordó modificar los estatutos de la Sociedad en el sentido de modificar el objeto social. En consecuencia, se sustituye el Artículo Cuarto de los Estatutos Sociales por el siguiente texto: “Artículo Cuarto: Objeto. La sociedad tendrá por objeto la realización de toda clase de actos de comercio, como la compra y/o permuta de cosas muebles para su posterior venta, permuta o arrendamiento en la misma forma original y/o en otra distinta, la explotación de supermercados, la compra de establecimientos de comercio, el arrendamiento de cosas muebles o inmuebles hecho con ánimo de arrendarlas, en la comisión o mandato comercial; empresas de almacenes, tiendas, bazares y otros establecimientos semejantes, empresa de transporte por tierra, mar y/o aéreo, empresas de construcción de bienes inmuebles por adherencia, como edificios, caminos, instalaciones industriales y otros similares; compra, venta y/o permuta de bienes inmuebles; la realización de actividades de promoción, distribución y comercialización de tarjetas de crédito, programas de concursos, campañas promocionales y en general toda clase de productos o servicios; y de todo tipo de operaciones de recaudación, pago, entrega de dinero o transferencias de dinero por si o por cuenta de terceros; y/o cualquier otro negocio u operación financiera que el Directorio por unanimidad decida ejecutar”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Alvaro González Salinas. Notario Público. Santiago, 09 de abril de 2021.