CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA E INVERSIONES LA ISLA LIMITADA

CVE 1930296
Capital
$20.000 CLP
Fecha instrumento
12 de abril de 2021
Notaría
Puerto
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
12 de abril de 2021
Notario
Abogado
Oficio
Segunda Notaria de Puerto Montt
Comuna
Puerto

Sociedad

Capital
$20.000 CLP
Domicilio
Comuna de Puerto Varas
Duración
Cinco años a contar de esta fecha renovables de conformidad a la escritura extractada. Resto de las estipulaciones constan en Escritura de Constitución

Objeto social

a) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes b) La explotación del giro de la construcción de edificios, viviendas, locales comerciales, por sí o a través de la contratación con terceros, con medios propios o ajenos, en el ámbito público o privado, pudiendo participar en propuestas o licitaciones, tanto en el ámbito nacional como internacional, la ejecución de obras públicas. El estudio y ejecución de todo tipo de obras y proyectos de ingeniería y construcción por cuenta propia o ajena; La realización de trabajos de construcción o edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; El desarrollo proyectos inmobiliarios, la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; La realización de loteos y obras de urbanización; La construcción, promoción y venta, de centros y locales comerciales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o subsidios habitacionales y la implementación y realización en general de todo tipo de proyectos y obras de ingeniería y construcción y todo lo que se relacione en la actualidad y en el futuro, y la ejecución y celebración de todos los actos y contratos conducentes a dicho

Administración

La Administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a los representantes legales de los socios designados en sus respectivas escrituras de constitución o a quienes estos les hayan delegado tal función, en forma conjunta. Asimismo, acuerdan conforme a lo previsto en el artículo trecientos setenta y dos del Código de Comercio, que sin perjuicio de las facultades conferidas al administrador, designan como delegado a don JORGE ENRIQUE OSSES PINEDA, cédula de identidad número once millones novecientos ochenta y seis mil seiscientos sesenta y nueve guion tres, quien podrá administrar la sociedad con las mismas facultades de los socios administradores debiendo indicar en los actos que otorgue, que concurre por poder y sin que para ello requieran acreditar ante terceros la ausencia o imposibilidad de comparecencia de los socios administradores. Esta delegación no podrá ser revocable, sino la unanimidad de los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Felipe San Martín Schröder, Abogado, Notario Público Titular Segunda Notaria de Puerto Montt, Urmeneta 414, Puerto Montt, CERTIFICO: Por escritura pública hoy ante mí, doña CAROLINA ALEJANDRA ZARATE FREUDE, domiciliado en calle Urmeneta número trecientos oficina treinta y nueve, comuna de Puerto Montt, en representación según se acreditará de SOCIEDAD INMOBILIARIA ZARATE & FREUDE S.P.A. del mismo domicilio; y don CARLOS RICARDO OMAR BEYER DIAZ, con domicilio en Fundo La Isla, Sector Calabozo, comuna de Puerto Varas, en representación de SOCIEDAD INMOBILIARIA SUEÑOS DE FAMILIA LIMITADA, del mismo domicilio, constituyeron una SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que operará bajo el nombre de “INMOBILIARIA E INVERSIONES LA ISLA LIMITADA”, pudiendo actuar con el nombre de fantasía de “La Isla Ltda.”.- OBJETO: a) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes b) La explotación del giro de la construcción de edificios, viviendas, locales comerciales, por sí o a través de la contratación con terceros, con medios propios o ajenos, en el ámbito público o privado, pudiendo participar en propuestas o licitaciones, tanto en el ámbito nacional como internacional, la ejecución de obras públicas. El estudio y ejecución de todo tipo de obras y proyectos de ingeniería y construcción por cuenta propia o ajena; La realización de trabajos de construcción o edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; El desarrollo proyectos inmobiliarios, la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; La realización de loteos y obras de urbanización; La construcción, promoción y venta, de centros y locales comerciales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o subsidios habitacionales y la implementación y realización en general de todo tipo de proyectos y obras de ingeniería y construcción y todo lo que se relacione en la actualidad y en el futuro, y la ejecución y celebración de todos los actos y contratos conducentes a dicho objeto. c) Cualesquiera otras actividades que los socios acordaren de común acuerdo. ADMINISTRACION: La Administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a los representantes legales de los socios designados en sus respectivas escrituras de constitución o a quienes estos les hayan delegado tal función, en forma conjunta. Asimismo, acuerdan conforme a lo previsto en el artículo trecientos setenta y dos del Código de Comercio, que sin perjuicio de las facultades conferidas al administrador, designan como delegado a don JORGE ENRIQUE OSSES PINEDA, cédula de identidad número once millones novecientos ochenta y seis mil seiscientos sesenta y nueve guion tres, quien podrá administrar la sociedad con las mismas facultades de los socios administradores debiendo indicar en los actos que otorgue, que concurre por poder y sin que para ello requieran acreditar ante terceros la ausencia o imposibilidad de comparecencia de los socios administradores. Esta delegación no podrá ser revocable, sino la unanimidad de los socios. CAPITAL: $20.000.000 Veinte millones de pesos, que se aporta en la siguiente forma: a) SOCIEDAD INMOBILIARIA ZARATE Y FREUDE SPA. aporta cuatro millones de pesos, equivalentes a un veinte por ciento del haber social. b) SOCIEDAD INMOBILIARIA SUEÑOS DE FAMILIA LIMITADA, aporta dieciséis millones de pesos equivalentes a un sesenta por ciento del haber social. Los socios enteran el capital con esta fecha, por sí y en la representación señalada, mediante dinero en efectivo ingresado de contado a las arcas sociales. De esta manera queda suscrito y enterado el capital social.- DOMICILIO: Comuna de Puerto Varas.- DURACION: Cinco años a contar de esta fecha renovables de conformidad a la escritura extractada. Resto de las estipulaciones constan en Escritura de Constitución.- Puerto Montt, 12 Abril 2021.-