CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SANTA LAURA DE HASPARREN SpA

CVE 1929556
Capital
$7.000 CLP
Fecha instrumento
14 de abril de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de abril de 2021
Repertorio
8415
Notario
ENRIQUE RODRIGUEZ SEPULVEDA
Domicilio
Titular FELIX JARA CADOT
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$7.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ENRIQUE RODRIGUEZ SEPULVEDA, Notario Público, suplente del Titular FELIX JARA CADOT, de la 41ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 1160, subsuelo, Santiago, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, Repertorio 8.415, don JORGE ROGELIO MARTÍNEZ NARANJO y doña ELIZABETH FABIOLA GÁLVEZ ARAYA, constituyen Sociedad Por Acciones.-La sociedad girará bajo la denominación de SANTA LAURA DE HASPARREN SpA, cuyo nombre de fantasía será SANTA LAURA DE HASPARREN. Son socios y/o accionistas únicamente los constituyentes antes individualizados. El domicilio legal será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda abrir agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. El objeto de la sociedad será: Uno) La elaboración, comercialización, exportación e importación de vinos, bebidas alcohólicas y sus derivados. Dos) Administración y asesorías de industrias vitivinícolas. Tres) El turismo relacionado a todo tipo de actividad, en especial a asuntos agropecuarios. Cuatro) La administración de todo tipo de bienes muebles e inmuebles, capitales, objetos, sociedades de toda índole ya sean de personas o de capital, proyectos, contratos y todo instrumento, medio u otros que sirvan o existan para el financiamiento o ejecución de todo tipo de trabajos a realizar dentro del ámbito comercial. Cinco) La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas y opciones de acciones, bonos, debentures, derivados, contratos de canje o swaps, forwards, cuotas de fondos mutuos, fondos de inversión, fondos de cobertura, ETF´s, planes de ahorro, arbitrajes, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Seis) Adquirir, enajenar, explotar, comercializar, arrendar y/o subarrendar, o intermediar en dichas actividades respecto de toda clase de bienes inmuebles, en especial concesiones mineras, bienes raíces, urbanos o rústicos, explotarlos, lotearlos, subdividirlos y urbanizarlos por cuenta propia o a través de terceros, en cualquier forma administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones y obtener rentas de cualquier tipo que tengan procedencia de estos bienes; Siete) Adquirir, enajenar, explotar, comercializar, arrendar y/o subarrendar, o intermediar en dichas actividades respecto de toda clase de bienes muebles, en especial, vehículos motorizados, maquinarias industriales, equipos para proveer transporte terrestre, aéreo o marítimo, maquinarias para la minería y en general todo tipo de equipamiento minero; Ocho) El desarrollo, estimación de recursos, clasificación, gestión, asesoría y otras gestiones asociados o relacionadas con proyectos mineros; Nueve) Formar parte en otras sociedades, modificarlas, transformarlas, fusionar, adquirir y asumir la representación de estas mismas. Diez) Cualquier otra actividad que los accionistas determinen de común acuerdo, estén o no dentro del giro ordinario y que no sean contrarias a la legislación vigente, y los demás negocios relacionados con los objetos indicados. El capital de la sociedad es de $7.000.000 dividido en 700 acciones, todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal que se suscribe, entera y paga de la siguiente forma: Uno) Don JORGE ROGELIO MARTÍNEZ NARANJO suscribe, entera y paga 350 acciones, mediante el aporte de la cantidad de $3.500.000 lo que equivale y corresponde al 50% del patrimonio de la sociedad, capital el cual es pagado y suscrito en dinero en efectivo y en el presente acto. Dos) Doña ELIZABETH FABIOLA GÁLVEZ ARAYA suscribe, entera y paga 350 acciones, mediante el aporte de la cantidad de $3.500.000 lo que equivale y corresponde al 50% del patrimonio de la sociedad, capital el cual es pagado y suscrito en dinero en efectivo y en el presente acto. - La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a don JORGE ROGELIO MARTÍNEZ NARANJO y doña ELIZABETH FABIOLA GÁLVEZ ARAYA - Demás estipulaciones constan en escritura extractada. SANTIAGO, 14 DE ABRIL DE 2021. E. RODRIGUEZ S. N.P.S.