JARDIN INFANTIL LILIPUT LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de marzo de 2021
- Repertorio
- 1697/2021
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO SERGIO MENDOZA GUIÑEZ, Notario Reemplazante de doña Antonieta Mendoza Escalas, Titular 16ª Notaría y Conservador de Minas de Santiago, con domicilio en calle San Sebastián número 2750, comuna de Las Condes, certifica: Que, por escritura pública de fecha 26 de marzo de 2021, Repertorio N° 1.697/2021, comparecieron, ante mí, don JORGE ENRIQUE CÓRDOVA LÓPEZ, domiciliado en Pasaje Llaima N° 5699, casa G, Macul, Región Metropolitana, don LUIS SALVADOR ARMANDO GONZÁLEZ CÓRDOVA, domiciliado en Los Abetos N° 1532, Vitacura, Región Metropolitana y doña ELSA AMANDINA CÓRDOVA CESPEDES, domiciliada en Los Abetos N° 1532, Vitacura, Región Metropolitana, otorgaron escritura pública de cesiones de derechos sociales y modificación de estatutos sociales de JARDIN INFANTIL LILIPUT LIMITADA (la “Sociedad”) inscrita a fojas 3116, N° 2536 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1996 – conforme se indica a continuación: (1) Cesión de derechos: ELSA AMANDINA CÓRDOVA CESPEDES vendió, cedió y transfirió el 49 por ciento de sus derechos sociales a don JORGE ENRIQUE CÓRDOVA LÓPEZ, quien los adquirió y aceptó para sí. El precio de esta cesión es la suma de $60.000.000.- cantidad que la parte cesionaria pagó al contado y en dinero en efectivo. (2) Cesión de derechos: JORGE ENRIQUE CÓRDOVA LÓPEZ vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos sociales a don LUIS SALVADOR ARMANDO GONZÁLEZ CÓRDOVA, quien los adquirió y aceptó para sí. El precio de esta cesión es la suma de $60.500.000.- cantidad que la parte cesionaria pagó al contado y en dinero en efectivo. (3) Retiro socio: Producto de las cesiones de derechos antes mencionadas, Jorge Enrique Córdova López se retira como socio de la Sociedad. (4) Modificación Estatutos: Producto de las cesiones de derechos antes señaladas, don LUIS SALVADOR ARMANDO GONZÁLEZ CÓRDOVA y doña ELSA AMANDINA CÓRDOVA CESPEDES, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad, modificaron las cláusulas sobre capital y la razón social, respecto de lo cual se extracta lo siguiente: i) Se reemplaza el artículo Sexto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “El capital de la sociedad es la cantidad de tres millones de pesos, que los socios han enterado del siguiente modo: A) doña ELSA AMANDINA CÓRDOVA CESPEDES ha aportado la cantidad de un millón quinientos mil pesos en dinero efectivo, con anterioridad a esta fecha, personalmente o a través de sus antecesores en el dominio de los derechos sociales; y, B) don LUIS SALVADOR ARMANDO GONZÁLEZ CÓRDOVA ha aportado la cantidad de un millón quinientos mil pesos en dinero efectivo, con anterioridad a esta fecha, personalmente o a través de sus antecesores en el dominio de los derechos sociales” ii) Se reemplaza íntegramente el texto del artículo Segundo de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “La razón social de la sociedad será “SALA CUNA Y JARDÍN INFANTIL LILIPUT LIMITADA”, pudiendo actuar válidamente para todos los efectos legales con el nombre de fantasía “LILIPUT LTDA”. En lo no modificado, por medio del presente instrumento, continúan plenamente vigentes las demás estipulaciones de los estatutos sociales, en especial la estipulación relativa a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás menciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de abril de 2021.