Instrumento
- Fecha
- 8 de abril de 2021
- Notario
- MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- 27° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, la ejecución de todos los servicios conducentes a la gestión, tramitación y)u obtención de los permisos, solicitudes, autorizaciones, actos y contratos, estudios, mediciones, prospecciones y demás actividades necesarias para desarrollar, construir, operar y mantener proyectos de generación de energía de fuentes renovables no convencionales, y todas las instalaciones, obras, plantas y subestaciones necesarias para la generación y transmisión de electricidad; y, ejecutar, sin limitación alguna, toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza, autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con las actividades mencionadas anteriormente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público Titular de la 27° Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número 0153, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifica: que por escritura pública de fecha 08 de abril de 2021, bajo el repertorio número 6.184-2021, ante mí, don JORGE CARLOS MEYERS VARGAS, constituyó sociedad por acciones, de cuyo estatuto extracto: Nombre: DESARROLLOS ERNC SpA. Objeto: La Sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, la ejecución de todos los servicios conducentes a la gestión, tramitación y/u obtención de los permisos, solicitudes, autorizaciones, actos y contratos, estudios, mediciones, prospecciones y demás actividades necesarias para desarrollar, construir, operar y mantener proyectos de generación de energía de fuentes renovables no convencionales, y todas las instalaciones, obras, plantas y subestaciones necesarias para la generación y transmisión de electricidad; y, ejecutar, sin limitación alguna, toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza, autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con las actividades mencionadas anteriormente. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en el acto de constitución social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se facultó al portador de copia autorizada de este extracto para su legalización. María Patricia Donoso Gomien. Santiago, 12 de abril de 2021.