ASESORIAS LEGALES Y JURIDICAS JORGE CARDENAS SALDAÑA SpA
Instrumento
- Fecha
- 4 de noviembre de 2020
- Repertorio
- 4540-2020
- Notario
- CRISTOBAL DIAZ ACEVEDO
- Oficio
- 13 Notaria Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago
- Duración
- sociedad comenzará a regir a partir de la fecha de la escritura y tendrá una duración de 3 años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al término del respectivo período
Objeto social
Realizar por cuenta propia o ajena, en el país o en el extranjero las siguientes actividades: a) La prestación de servicios profesionales de asesoría legal y jurídica y en toda el área del derecho, tanto en el sector privado como en el sector público, por cuenta propia e incluso a través de terceros; b) La compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento , por cuenta propia o a través de terceros de los bienes, corporales e incorporales, necesarios para desarrollar el objeto social, y en general la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles; c) Incorporarse o formar parte, en cualquier calidad, de toda clase de sociedades civiles o comerciales, asociaciones o comunidades, relacionadas directa e indirectamente con los objetos antes señalados; y d) En general, todas las demás actividades que los accionistas determinen relacionadas directa e indirectamente con las anteriores
Administración
sociedad será administrada en calidad de administrador y representante legal por don JORGE CRISTIAN CARDENAS SALDAÑA con todas las facultades contenida en el Artículo Quinto del pacto constitutivo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCRISTOBAL DIAZ ACEVEDO, Notario Público, en la 13 Notaria Santiago, Suplente del Titular don Clovis Toro Campos, con domicilio en Compañía de Jesús 1312, Santiago, certifico, por escritura pública, de fecha 04 Noviembre de 2020, ante mí, Repertorio Nº 4540-2020, don JORGE CRISTIAN CARDENAS SALDAÑA, chileno, divorciado, abogado, cédula nacional de identidad número quince millones ciento ochenta y cuatro mil quinientos veintidós guion tres domiciliado en calle Compañía de Jesús mil trescientos noventa, oficina numero mil seiscientos seis, comuna de Santiago, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones, que se regirá por las estipulaciones de sus estatutos y, en silencio de ellos, por las disposiciones de la ley Nro. 20.190, y 18.046 sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil. NOMBRE: será “ASESORIAS LEGALES Y JURIDICAS JORGE CARDENAS SALDAÑA SpA.”.- DOMICILIO: sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, sin perjuicio establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o extranjero.- DURACION: sociedad comenzará a regir a partir de la fecha de la escritura y tendrá una duración de 3 años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al término del respectivo período. OBJETO: Realizar por cuenta propia o ajena, en el país o en el extranjero las siguientes actividades: a) La prestación de servicios profesionales de asesoría legal y jurídica y en toda el área del derecho, tanto en el sector privado como en el sector público, por cuenta propia e incluso a través de terceros; b) La compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento , por cuenta propia o a través de terceros de los bienes, corporales e incorporales, necesarios para desarrollar el objeto social, y en general la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles; c) Incorporarse o formar parte, en cualquier calidad, de toda clase de sociedades civiles o comerciales, asociaciones o comunidades, relacionadas directa e indirectamente con los objetos antes señalados; y d) En general, todas las demás actividades que los accionistas determinen relacionadas directa e indirectamente con las anteriores. ADMINISTRACION: sociedad será administrada en calidad de administrador y representante legal por don JORGE CRISTIAN CARDENAS SALDAÑA con todas las facultades contenida en el Artículo Quinto del pacto constitutivo.- CAPITAL: capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción tendrá derecho a voto y que corresponden, que al accionista don Jorge Cristian Cárdenas Saldaña, suscribe en este acto al contado y en dinero efectivo, ya ingresado a la caja social.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 09 Noviembre 2020.-