Centro de Estudios Clínicos SAGA SpA
Instrumento
- Fecha
- 12 de septiembre de 2019
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $12.000.000 CLP
Personas y entidades (4)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| UR Partner Chile SpA | accionista | 77006701-4 | — | — | |
| S SpA | socio | 77066889-1 | — | — | |
| Sociedad Inmobiliaria Tucapel Limitada | socio | 77066735-6 | — | — | |
| Asesorías Ngen Limitada | socio | 77051906-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular 38° Notaría de Santiago, Miraflores 178, piso 5, Santiago, certifico: Con fecha 20 de agosto de 2020, se redujo a escritura pública ante mí, la Primera Junta Extraordinaria de Accionistas de Centro de Estudios Clínicos SAGA SpA, sociedad constituida por escritura pública de fecha 12 de septiembre de 2019, otorgada en la Notaría de Santiago de don Andrés Rieutord Alvarado, cuyo extracto se inscribió a fojas 76.739 N° 37.691, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2019, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 30 de septiembre de 2019, Junta en la cual los accionistas: UR Partner Chile SpA, RUT N° 77.006.701-4; Inversiones M&S SpA, RUT N° 77.066.889-1; Sociedad Inmobiliaria Tucapel Limitada, RUT N° 77.066.735-6 y Asesorías Ngen Limitada, RUT N° 77.051.906-3, aumentaron el capital desde la suma de $12.000.000, la que se encuentra íntegramente suscrita y pagada, a la suma de $112.000.000, mediante la modificación de la estructura del capital social, pasando de estar dividido en 1.200 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, a 2.200 acciones nominativas y sin valor nominal, de las cuales 1.200, correspondientes al capital inicial de $12.000.000.- serán ordinarias de la serie A, y 1.000 serán especiales de la serie B, correspondientes al aumento de capital de $100.000.000.-. El aumento de capital será suscrito y pagado en la forma y plazo indicado en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 09 de abril de 2021.