SOCIEDAD MADERERA SOMAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de junio de 2019
- Notario
- CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
- Oficio
- Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Av. La Dehesa 1450, Local 15 A 2, de esta ciudad, certifico: Por escritura pública fecha hoy, ante mí: don ALFONSO RODRIGO LABAYRU POZO, por sí, y en representación, por una parte, de don ALFONSO NICOLÁS CECILIO LABAYRU MOLIERE, y por la otra, de INVERSIONES ALP SpA, todos calle Golf Lomas de la Dehesa número doce mil doscientos quince, Lo Barnechea, Santiago, modificaron SOCIEDAD MADERERA SOMAL LIMITADA, extracto inscrito fojas mil novecientos veintiocho, número mil sesenta y nueve, Registro Comercio de Santiago año mil novecientos ochenta y tres, siguiente sentido: A.- Socio don Alfonso Rodrigo Labayru Pozo aumenta su participación en capital social del 2,46% al 4,49%, como consecuencia de habérsele adjudicado total derechos que pertenecían a socia fallecida doña María Estela Cecilia Pozo Tapia, que ascendían al 2,03%, mediante escritura partición de sus bienes, otorgada ante el Notario de Santiago don Armando Ulloa Contreras, con fecha 18 Junio 2019.- B.- Retirase de la sociedad don Alfonso Nicolás Cecilio Labayru Moliere, dueño del 1,9% capital social, mediante cesión total esos derechos al socio don Alfonso Rodrigo Labayru Pozo, quien declara aceptar y recibir; aumentando de esta manera su participación capital social al 6,39%.- C.- De esta manera sociedad queda constituida exclusivamente por éste último y por la sociedad Inversiones ALP SpA, dueña del 93,61% de derechos restante.- D.- Don Alfonso Rodrigo Labayru Pozo, por si y en representación de Inversiones ALP SpA, ambos en su calidad de únicos socios, acuerdan modificar sociedad siguiente sentido: Uso razón social y administración sociedad corresponderá exclusivamente socio don Alfonso Rodrigo Labayru Pozo, quien anteponiendo a su firma razón social, la representará con amplias facultades.- Otras cláusulas constan en escritura extractada.- En todo lo demás ratifican pacto social.- Santiago, 08 de abril de 2021.