SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES NUEVO AMANECER LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de marzo de 2021
- Notario
- Mabel Alejandra Llano Díaz
- Domicilio
- domiciliada calle José Luis Coo 0187
Sociedad
- N. fantasía
- “NUEVO AMANECER LTDA”
- Capital
- $4.000 CLP
- Domicilio
- Región metropolitana, comuna de Puente Alto
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será arrendamiento, compra y venta y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios; además, podrá, invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Podrá además tener por objeto prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y)o asociada o en coparticipación con terceros: ADMINISTRACION, USO
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMabel Alejandra Llano Díaz, Abogado, Notario Público Titular, domiciliada calle José Luis Coo 0187, comuna de Puente Alto, certifica: Que Por escritura Pública, ante mí, doña ROSA NELLY AGUIRRE CARRASCO y don MARCOS SEBASTIAN VEGA AGUIRRE ambos domiciliados en Calle Pasaje Rio Gediz número tres mil doscientos setenta y tres, comuna de Puente Alto, constituyen sociedad de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: “SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES NUEVO AMANECER LIMITADA” o su nombre de fantasía: “NUEVO AMANECER LTDA”. OBJETO: El objeto de la sociedad será arrendamiento, compra y venta y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios; además, podrá, invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Podrá además tener por objeto prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros: ADMINISTRACION, USO RAZON SOCIAL: La administración y el uso de la razón social corresponderán a los socios ya individualizados, quienes tendrán que actuar en todo momento en conjunto por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán y obligarán con las más amplias facultades en todo tipo de asuntos. Sin perjuicio de las facultades entregadas al administrador JORGE MARCOS VEGA MUÑOZ.CAPITAL: $4.000.000 enteran de la siguiente forma: doña ROSA NELLY AGUIRRE CARRASCO aporta $2.000.000, equivalentes al 50% en el capital social y don MARCOS SEBASTIAN VEGA AGUIRRE, aporta $2.000.000, equivalentes al 50% en el capital social. DURACION: La sociedad se pacta por un plazo indefinido, a contar de la fecha de este instrumento, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, mediante declaración efectuada por escritura pública subinscrita al margen de la inscripción del extracto social, con una anticipación de, a lo menos sesenta días a la fecha de expiración de este contrato o del período de prórroga que estuviere corriendo.- DOMICILIO: Región metropolitana, comuna de Puente Alto. Demás estipulaciones, constan en escritura extractada. Puente Alto, 29 de Marzo de 2021.-