Massai Agricultural Services S.A.
Instrumento
- Fecha
- 26 de marzo de 2021
- Repertorio
- 2243-2021
- Notario
- ERNESTO MONTOYA PEREDO
- Oficio
- Tercera Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Capital
- $10.178.538.972 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Rancagua, Certifica: Por escritura pública de fecha 26/03/2021, ante el Notario Suplente MIGUEL CHACON ZEBALLOS, Campos 377 Rancagua, bajo repertorio N°2243-2021, se redujo a escritura pública la Junta Extraordinaria de Accionistas de Massai Agricultural Services S.A., en adelante la “Sociedad” inscrita a fojas 15 número 15 del Registro de Comercio de Rancagua del año 1991, celebrada con fecha 17 de marzo de 2021, en la cual se acordó aumentar el capital social de la suma de $10.169.107.000 pesos dividido en 7.452.878 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, a la cantidad de $10.178.538.972 pesos dividido en 31.452.878 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, mediante el canje de las acciones anteriores por la emisión de 24.000.000 nuevas acciones adicionales que sumadas a las anteriores y a las acciones de pago derivadas del aumento de capital constituye el número total de acciones ya indicadas. Se acordó reemplazar los artículos Noveno y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad por los siguientes: “Artículo Noveno. Capital Social y Acciones El capital de la sociedad es la suma de $10.178.538.972.-, dividido en 31.452.878 acciones nominativas sin valor nominal, de una única serie de acciones comunes.”. El capital se suscribe y paga en la forma establecida en los artículos transitorios.” “Artículo Primero Transitorio. Suscripción y pago del Capital. “El capital de la Sociedad ascendente a la suma de $10.178.538.972.-, dividido en 31.452.878 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, se suscribe y paga en la siguiente forma: a) Con la suma de $10.169.107.000.- dividido en 7.452.878 acciones, las que fueron suscritas y pagadas por los accionistas fundadores según consta en la escritura de constitución de la sociedad Massai Agricultural Services S.A., de fecha 23 de noviembre de 2001 otorgada en la Notaría de Rancagua de don Ernesto Montoya Peredo, y que fuera creada producto de la transformación de Massai Agricultural Services Limitada. b) Con la suma de $9.431.972.- dividido en 24.000.000 acciones, constituidas por aquellas liberadas de pago que son distribuidas entre los accionistas en proporción a su participación accionaria a consecuencia del canje de acciones más aquellas que corresponde al aporte del terreno como aporte de capital, correspondiéndole en consecuencia a Inmobiliaria e Inversiones Santa María Ltda., la cantidad de 29.565.705 acciones, a don Sergio Carol Massai Drago la cantidad de 314.529 acciones, y a Inmobiliaria La Vista SpA., la cantidad de 1.572.644 acciones y que son suscritas en su totalidad por Inmobiliaria La Vista SpA., y que paga mediante el aporte del siguiente activo de su propiedad, el cual asciende a la suma de $9.431.972: Uno.- Inmueble: Lote Cuatro-B3, el cual tiene una superficie total de 7.140,31 metros cuadrados y deslinda: NORTE: En tramo V-Y de cuarenta y dos como dos metros con Lote Cuatro guion B Dos; SUR: En tramo U-U´ en cuarenta y dos coma ochenta y cinco metros con Camino San Ramón superficie afecta a expropiación de por medio; ESTE: En tramo U-V en ciento sesenta coma dieciocho ocho metros con Lote Dos; y OESTE: En tramo U´-Y en ciento sesenta coma veintitrés metros con Lote 4-A, e individualizado en plano N°500 del año 2014 e inscrito al margen de la inscripción de fojas 1812 vuelta, N°3497 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua del año 2010. En consecuencia, Inmobiliaria e Inversiones Santa María Limitada es titular de 29.565.705 acciones, Sergio Carol Massai Drago es titular de 314.529 acciones, e Inmobiliaria La Vista SpA., es titular de 1.572.644 acciones. El capital de la sociedad se encuentra íntegramente suscrito y totalmente pagado.”. En todo lo no modificado por la escritura extractada permanecen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Rancagua, 14 de Abril de 2021.-