Instrumento
- Fecha
- 31 de marzo de 2021
- Notario
- MARIA PILAR GUTIERREZ RIVERA
- Oficio
- 18ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago. Sin embargo, la administración podrá establecer sucursales, agencias o establecimientos en otros lugares del país o del extranjero. 5)
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El Objeto de la sociedad será la venta, importación comercialización de artículos de vestir accesorios de todo tipo. 3) Administración y uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA PILAR GUTIERREZ RIVERA, Notario Público, Titular de la 18ª Notaria de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 669, piso 8, de esta ciudad, certifico que por escritura pública de fecha 31 de Marzo de 2021, Rep.7.111/2021, ante la notario reemplazante PAULA ANDREA LUNA SAEZ; Jaqueline del Carmen Romero Díaz, Chilena, soltera, empresaria, domiciliada para estos efectos en calle Mapocho número 9.272, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, con cedula nacional de identidad número 10.376.635-4, constituyo sociedad por acciones, siguientes estipulaciones: 1) Nombre: “INVERSIONES DECO SPA”. 2) Objeto: El Objeto de la sociedad será la venta, importación comercialización de artículos de vestir accesorios de todo tipo. 3) Administración y uso nombre: Corresponderá a exclusivamente a doña Jaqueline del Carmen Romero Díaz. 4) Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago. Sin embargo, la administración podrá establecer sucursales, agencias o establecimientos en otros lugares del país o del extranjero. 5) Capital: $1.000.000 pesos dividido en mil acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad, de acuerdo a lo establecido en el artículo cuatrocientos veintinueve de la Ley número veinte mil ciento noventa sobre Sociedades por Acciones. 6) Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago 07 de Abril de 2021.