MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA KIOLA LIMITADA

RUT 76363564-3 CVE 1927882
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de marzo de 2021

Instrumento

Fecha
11 de marzo de 2021
Repertorio
3554
Notario
Francisco Javier Muñoz Flores
Domicilio
y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Francisco Javier Muñoz Flores, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt número trescientos cinco, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, JUAN RICARDO SOTO ABARCA, C.N.I Nº6.905.920-1; TERESA CONCHA ARELLANO, C.N.I Nº8.022.890-2, ambos con domicilio en Parcela 22 del Condominio El Bosque, localidad de Ñancul, Villarrica; ambos por sí y en representación de INMOBILIARIA KIOLA LIMITADA, persona jurídica del giro de su denominación, RUT Nº76.363.564-3, con capital de $10.000.000.- con domicilio en Los Ángeles; y PRISCILLA ALEJANDRA SANHUEZA CONCHA, C.N.I Nº15.550.085-9, con domicilio en el camino a Pucón, kilómetro 4.5, parcela 34, Villarrica, y FELIPE ANDRES SANHUEZA CONCHA, C.N.I Nº18.147.378-9, con domicilio en Parcela 22 del Condominio El Bosque, localidad de Ñancul, Villarrica; exponen que con fecha 2 de agosto del año 2005, ante notario público de Los Ángeles don Selim Parra Fuentealba, Repertorio 3554, Juan Ricardo Soto Abarca junto a Teresa Concha Arellano procedieron a constituir la sociedad “INMOBILIARIA KIOLA LIMITADA”. Extracto inscrito en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Los Angeles a fojas 502 Nº285, inscrito en aquel registro con fecha 25 de agosto de 2005 y publicado en Diario Oficial de la República en su edición Nº38.240, del 19 de agosto del año 2005, página 83.- La referida sociedad no ha sufrido modificaciones desde su constitución. Cesiones. A) Por presente acto Juan Ricardo Soto Abarca, socio y representante legal de la empresa, vende, cede y transfiere el 45% de sus derechos, intereses y participación en sociedad, equivalentes al 22,5% del capital social total, a Priscilla Alejandra Sanhueza Concha, en $2.000.000.- que se pagan al contado y en este acto al cedente.- B) Por el presente acto Juan Ricardo Soto Abarca, socio y representante legal de la empresa, previamente individualizado, vende, cede y transfiere el 45% de sus derechos, intereses y participación en sociedad, equivalentes al 22,5% del capital social total, a Felipe Andres Sanhueza Concha, en $2.000.000.- que se pagan al contado y en este acto al cedente. Consecuencia de la cesiones anteriores quedan como únicos y exclusivos socios en la sociedad: A) JUAN RICARDO SOTO ABARCA en una proporción del 5%; B) TERESA CONCHA ARELLANO, en una proporción del 50%; C) PRISCILLA ALEJANDRA SANHUEZA CONCHA, en una proporción de 22,5% y D) FELIPE ANDRES SANHUEZA CONCHA, en una proporción de 22,5%.-Distribución: Las utilidades y pérdidas se distribuirán entre los socios, en la misma proporción de los derechos sociales de que son dueños, quienes limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- MODIFICACIÓN: Los socios de común acuerdo vienen en modificar íntegramente la cláusula séptima de la escritura de constitución de sociedad, para que quede ésta en definitiva de la siguiente manera: SEPTIMO: La sociedad no se disuelve en caso de fallecimiento, incapacidad sobreviniente, insolvencia de la sociedad, o de algún socio o cualquier otro suceso que afecte la libre disposición de los bienes, sea de la sociedad o de algún socio. La sociedad continuará en tales eventos que se refieren a un socio, con el socio afectado o sus herederos o causahabientes, representados por quien corresponda en derecho, si fallece el socio administrador, la administración y uso de la razón social que correspondía a este socio, queda radicada en la socia doña TERESA CONCHA ARELLANO, quien podrá administrar la sociedad con todas las facultades. En el evento del fallecimiento de los socios son JUAN RICARDO SOTO ABARCA y la socia doña TERESA CONCHA ARELLANO, la sociedad será administrada por los socios doña PRISCILLA ALEJANDRA SANHUEZA CONCHA y don FELIPE ANDRÉS SANHUEZA CONCHA quienes deberán actuar en conjunto y podrán hacerlo con las más amplias facultades. Declaran los socios que en todo lo no modificado por el presente instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones contenidas en el pacto social, habida consideración de las respectivas modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Villarrica, 11 de Marzo de 2021.