INMOBILIARIA E INVERSIONES PASCUAL DOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de febrero de 2021
- Repertorio
- 4457/2021
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $200.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMODIFICACIÓN “INMOBILIARIA E INVERSIONES PASCUAL DOS LIMITADA” JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifica que, por escritura pública de fecha 22 de febrero de 2021, Repertorio Nº 4.457/2021, otorgada ante el Notario Suplente, don Luis Elieser Goldin Gelfenstein, cédula de identidad Nº 6.283.825-6, y doña Angélica Paola Flores Clunes, cédula de identidad Nº 9.576.297-2; ambos domiciliados en calle Cerro Cortadera Nº 9854, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, modificaron los estatutos de la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES PASCUAL DOS LIMITADA” inscrita a fojas 4.771, Nº 1.924 del Registro de Comercio de Santiago del año 2021 (en adelante la “Sociedad”). Modificación consiste en aumentar el capital de la Sociedad en la suma de $200.000.000, el cual pasará de la suma de $4.627.760 a la suma de $204.627.760, el que se paga en el acto en la manera establecida en escritura extractada. Por lo anterior, los socios acuerdan reemplazar íntegramente el Artículo Sexto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO SEXTO: El capital social es la suma de doscientos cuatro millones seiscientos veintisiete mil setecientos sesenta pesos, totalmente pagado e integrado en la caja social, y que corresponde a sus socios como sigue: a) a don Luis Elieser Goldin Gelfenstein, la suma de ciento veintidós millones novecientos sesenta y tres mil setecientos veintitrés pesos, equivalentes a un sesenta por ciento del capital social; y b) a doña Angélica Paola Flores Clunes, la suma de ochenta y un millones seiscientos sesenta y cuatro mil treinta y siete pesos, equivalente a un cuarenta por ciento del capital social.” Demás estipulaciones constan de escritura extractada.- Santiago, 13 de abril de 2021.