INMOBILIARIA DOÑA DOMINGA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de abril de 2021
- Notario
- Gabriel Marcelo Guerrero González
- Oficio
- Séptima Notaría Talca
- Comuna
- Talca
Sociedad
- Capital
- $400.000.000 CLP
- Domicilio
- La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Linares
Objeto social
El objeto de la sociedad será: la compra, venta y explotación comercial a través de arrendamientos, corretajes, desarrollo y ejecución de proyectos inmobiliarios u otras formas, de bienes raíces o muebles, amoblados o no, urbanos, agrícolas, forestales, industriales, frutícolas o de otra destinación, edificados o no, propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros; la administración de estos bienes y la percepción de sus frutos; el desarrollo de inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, valores, acciones, cuotas en fondos mutuos y efectos de comercio en general; la participación como socia, accionista o administradora en toda clase de sociedades, pudiendo efectuar a las mismas aportes en dinero o en bienes, y en general, el desarrollo de toda actividad que se relacione directa o indirectamente con el giro social. Administración, representación y uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGabriel Marcelo Guerrero González, abogado, Notario Público Séptima Notaría Talca, con oficio en calle 30 Oriente N° 1522, Local A, de esta ciudad, certifica: Por escritura pública de fecha 05 de abril de 2021, ante mí, don MANUEL SEGUNDO LILLO FLORES, empresario, casado; doña MARTA CECILIA GUERRERO GONZALEZ, comerciante, casada; don MANUEL ALEJANDRO LILLO GUERRERO, empleado, soltero; doña MARIA BELEN LILLO GUERRERO, educadora diferencial, soltera; doña CAROLINA ANDREA LILLO GUERRERO, empleada, soltera; y, don SEBASTIAN IGNACIO CALDERON GUERRERO, ingeniero civil industrial, soltero, todos domiciliados en camino a Palmilla s, comuna y provincia de Linares, de paso en ésta, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada, conforme siguientes estipulaciones: Razón social: El nombre o razón social será INMOBILIARIA DOÑA DOMINGA LIMITADA, pudiendo actuar ante terceros, bancos e instituciones financieras, con el nombre de fantasía DOMINGA LTDA.. Objeto: El objeto de la sociedad será: la compra, venta y explotación comercial a través de arrendamientos, corretajes, desarrollo y ejecución de proyectos inmobiliarios u otras formas, de bienes raíces o muebles, amoblados o no, urbanos, agrícolas, forestales, industriales, frutícolas o de otra destinación, edificados o no, propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros; la administración de estos bienes y la percepción de sus frutos; el desarrollo de inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, valores, acciones, cuotas en fondos mutuos y efectos de comercio en general; la participación como socia, accionista o administradora en toda clase de sociedades, pudiendo efectuar a las mismas aportes en dinero o en bienes, y en general, el desarrollo de toda actividad que se relacione directa o indirectamente con el giro social. Administración, representación y uso razón social: Corresponderá al socio don MANUEL SEGUNDO LILLO FLORES, quién anteponiendo la razón social a su firma, la obligará en toda clase de actos, conforme a las facultades indicadas en el contrato, con la siguiente limitación: El Administrador deberá actuar en conjunto e indistintamente con a lo menos tres de los consocios, para hacer uso de las facultades que se indican: vender, dar en pago, permutar, ceder y novar bienes raíces; constituir hipotecas, servidumbres y otros derechos reales; ceder créditos; avalar pagarés, libranzas, vales y cualquiera otros documentos bancarios, mercantiles o financieros; constituir hipotecas, servidumbres y otros derechos reales; constituir fianzas simples y sin restricciones; constituir prendas sin desplazamiento; y, constituir a la sociedad en codeudora solidaria. Capital: El capital de la sociedad será la suma de $400.000.000, que los socios aportan, enteran y pagan, como sigue: a) Don Manuel Segundo Lillo Flores y doña Marta Cecilia Guerrero González, aportan la suma de $100.000.000, cada uno, al contado, que ingresan en este acto a la caja social; y, b) Don Manuel Alejandro Lillo Guerrero, doña María Belén Lillo Guerrero, doña Carolina Andrea Lillo Guerrero, y don Sebastián Ignacio Calderón Guerrero, aportan la cantidad de $50.000.000, cada uno, que pagan y enteran al contado, ingresándolos en este acto a la caja social. Plazo sociedad: La sociedad tendrá una duración de quince años, contados desde la fecha del presente instrumento, renovable tácita y sucesivamente, por iguales períodos, forma indicada contrato. Fallecimiento socio administrador: En caso de fallecimiento del socio administrador, la administración, representación y uso de la razón social quedará radicada en la socia doña Marta Cecilia Guerrero González, quién deberá actuar conjunta e indistintamente con a lo menos dos cualesquiera de los socios sobrevivientes, con todas y cada una de las facultades indicadas en la cláusula cuarta de este contrato, sin limitación alguna. Domicilio: La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Linares, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezcan en el resto del país. Demás estipulaciones en escritura extractada. Talca, 14 de Abril de 2021.