Instrumento
- Fecha
- 30 de marzo de 2021
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.-, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una serie, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por el accionista, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Titular de la 33 Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos número 979, oficina 501, de la comuna de Santiago, certifico que: por escritura pública de hoy ante mí, CRISTIAN PAOLO COPPOLA DELGADO, cédula nacional de identidad número 18.766.819-0, domiciliado en Román Diaz número 785, Departamento número 11, comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones. La sociedad se denominará ACM SpA. La sociedad tendrá su domicilio en la comuna de Santiago, sin perjuicio de agencias o sucursales en otros lugares del país o fuera del territorio nacional. La duración de la sociedad será indefinida. La Sociedad tendrá por objeto la importación, exportación, distribución y comercialización, de toda clase de bienes muebles, en especial maquinarias, herramientas y repuestos. La prestación de toda clase de servicios de transporte en toda clase de vehículos ya sean propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros y en general de toda clase de servicios en materia industrial. La representación de toda clase de marcas, productos y empresas nacionales e internacionales. La inversión y renta en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles. La participación en toda clase de sociedades, fondos y asociaciones. La celebración de toda clase de actos o contratos y el desarrollo de cualquier actividad complementaria al objeto social. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.-, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una serie, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por el accionista, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social. Demás estipulaciones, constan en escritura extractada. Santiago, 30 de Marzo de 2021.