CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE PROFESIONALES ARAYA Y FERNÁNDEZ ABOGADOS LIMITADA

CVE 1927455
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de marzo de 2021
Notaría
Puerto Montt
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
18 de marzo de 2021
Comuna
Puerto Montt

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Puerto Montt pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Duración
Cinco años renovables sucesivamente

Objeto social

1) La prestación de servicios profesionales en asesorías legales y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido. 2) La factura, realización y ejecución de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías legales. 3) Prestar servicios, representaciones y asesorías a empresas, personas naturales o jurídicas, públicas o privadas en todos los campos relacionados con actividad de la abogacía. 4) El asesoramiento y consultoría a personas naturales y jurídicas, sea del sector público o privado en términos generales; pudiendo formar y participar en sociedades y asociaciones de todo tipo con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, y solicitar la inscripción en todo registro que se requiera para tal efecto, incluso en las empresas o servicios del sector público. También podrá contratar a los profesionales y)o especialistas en las diversas áreas relacionadas con el objeto de la sociedad, administrar bienes muebles e inmuebles, edificios, departamentos, oficinas, casas habitación y todas aquellas actividades relacionadas con la administración de bienes físicos e intelectuales, software y hardware de propiedad de terceros y en general realizar todos los actos que sean conducentes a realizar el objeto social así como otras actividades relacionadas o afines con las anteriores ya enumeradas que los socios de común acuerden o determinen

Administración

Ambos socios de consuno

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Lebby Carolin Barría Gutiérrez, Notaria de la 5. Notaría de Puerto Montt, domiciliada en Pedro Montt N°180, de Puerto Montt, certifica: Por escritura pública de fecha nueve de Marzo de 2021, ante mí, MIGUEL ÁNGEL ARAYA AEDO y CLAUDIO PATRICIO FERNÁNDEZ MELO, domiciliados en Guillermo Gallardo N°166, Of. 502, Puerto Montt constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Nombre: “SOCIEDAD DE PROFESIONALES ARAYA Y FERNÁNDEZ ABOGADOS LIMITADA”, nombre de fantasía “ARAYA Y FERNÁNDEZ ABOGADOS LTDA.”. Objeto: 1) La prestación de servicios profesionales en asesorías legales y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido. 2) La factura, realización y ejecución de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías legales. 3) Prestar servicios, representaciones y asesorías a empresas, personas naturales o jurídicas, públicas o privadas en todos los campos relacionados con actividad de la abogacía. 4) El asesoramiento y consultoría a personas naturales y jurídicas, sea del sector público o privado en términos generales; pudiendo formar y participar en sociedades y asociaciones de todo tipo con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, y solicitar la inscripción en todo registro que se requiera para tal efecto, incluso en las empresas o servicios del sector público. También podrá contratar a los profesionales y/o especialistas en las diversas áreas relacionadas con el objeto de la sociedad, administrar bienes muebles e inmuebles, edificios, departamentos, oficinas, casas habitación y todas aquellas actividades relacionadas con la administración de bienes físicos e intelectuales, software y hardware de propiedad de terceros y en general realizar todos los actos que sean conducentes a realizar el objeto social así como otras actividades relacionadas o afines con las anteriores ya enumeradas que los socios de común acuerden o determinen. Domicilio: Puerto Montt pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: Cinco años renovables sucesivamente. Capital: $1.000.000.-, aportado y pagado en un 50% en dinero efectivo por cada uno de los socios en el acto constitutivo. Administración y uso de la razón social: Ambos socios de consuno. Otras estipulaciones escritura extractada. En Puerto Montt, a 18 de Marzo de 2021.