CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Obispito Productos del Mar SpA

RUT 17605991-5 CVE 1927559
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
6 de abril de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
6 de abril de 2021
Repertorio
3806
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

La administración la ejercerá don Ariel Antonio Arancibia Gómez, de manera individual

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María Soledad Santos Muñoz, Notario Titular de la 7° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Agustinas N° 1.161, entrepiso, c omuna y ciudad de Santiago, certifica: Que, por escritura pública de fecha 6 de abril de 2021, Repertorio N° 3.806, ante mí ARIEL ANTONIO ARANCIBIA GOMEZ, C.I . N° 17.605.991-5, constituye sociedad por acciones, cuyos estatutos se extractan a continuación: /Uno/ Razón Social: “Obispito Productos del Mar SpA” o también, como nombre de fantasía el de “Obispito SpA”. /Dos/ Objeto: La sociedad tendrá por objeto: (i) La compra, venta, importación y exportación de productos alimenticios, ya sean en carácter de frescos, congelados y otros, especialmente del Mar, sea dicha compra y venta al por mayor o menor; (ii) El almacenaje, distribución, empaquetamiento de alimentos, u otros que se requieran para el cumplimiento del objeto social. (iii) De su distribución, se entiende también contenido el Transporte de dichos productos congelados, sean estos realizados por la propia sociedad, o contratados por un servicio externo. (iv) cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los accionistas acuerden. Para el cumplimiento de dichos fines sociales, la sociedad podrá constituir, integrar, modificar y participar en sociedades de cualquier clase u objeto, asociaciones, comunidades, cooperativas, sea que existan actualmente o que se formen en el futuro, disolverlas y liquidarlas, y en general realizar cualquier acto que guarde relación con el giro social, como pueden ser contratar y/o subcontratar a personas naturales o jurídicas según sea la necesidad de su objeto. /Tres/ Capital: $500.000, dividido en 500.000 acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal el cual se encuentra totalmente suscrito y pagado según lo señalado en artículo primero transitorio. /Cuatro/ Duración: Indefinida desde la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución. /Quinto/ Administración: La administración la ejercerá don Ariel Antonio Arancibia Gómez, de manera individual. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 08 de abril de 2021.