Agrosat Internacional SpA
Instrumento
- Fecha
- 5 de abril de 2021
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $24.017.600 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 941, local 302, comuna de Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 5 de abril de 2021, otorgada ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad “AGROSAT INTERNACIONAL SpA” (en adelante, la “Sociedad”), inscrita a fojas 85.139, número 45.626, del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2017, celebrada el 5 de marzo del año 2021 (en adelante, la “Junta”), en la cual se modificaron los estatutos de la Sociedad, acordándose, entre otras materias: 1) Aumentar el capital de la Sociedad de la suma de $24.017.600, a la suma de $156.772.510, mediante la emisión de 3.431.086 acciones de pago, Ordinarias, nominativas, sin valor nominal, mediante las siguientes operaciones: (a) Dejando constancia y reconociendo que el capital social estatuario que consta en Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 30 de octubre de 2020, reducida a escritura pública con fecha 16 de diciembre de 2020 en la Notaría de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, asciende a la suma de $24.017.600, dividido en 24.017.600 acciones, de las cuales 12.008.800 son Acciones Ordinarias, nominativas y sin valor nominal y 12.008.800 son Acciones Preferentes Serie A, nominativas y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado; y (b) Mediante la emisión de 3.431.086 nuevas acciones de pago, Ordinarias, nominativas y sin valor nominal, las cuales son suscritas y pagadas en los términos acordados en la Junta; y 2) Modificar los estatutos de la Sociedad a fin de ajustarlo a las modificaciones que se incorporan, reemplazando en consecuencia el Artículo Quinto y Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales, relativos al capital, por los siguientes: QUINTO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de ciento cincuenta y seis millones setecientos setenta y dos mil quinientos diez pesos dividido en veintisiete millones cuatrocientas cuarenta y ocho mil seiscientas ochenta y seis acciones, de las cuales quince millones cuatrocientas treinta y nueve mil ochocientas ochenta y seis acciones son Acciones Ordinarias, las cuales son nominativas y sin valor nominal, y doce millones ocho mil ochocientas acciones son Acciones Preferentes Serie A, las cuales son nominativas y sin valor nominal. Los accionistas titulares de Acciones Preferentes Serie A, debidamente suscritas y pagadas, tendrán derecho a percibir el cien por ciento de las futuras utilidades de la Sociedad, lo que se traducirá en el derecho de éstas a percibir el cien por ciento de los dividendos netos que ésta distribuya, los cuales no podrán ser inferiores al treinta por ciento de las utilidades líquidas de la Sociedad en el respectivo ejercicio comercial, hasta un tope de trescientos cincuenta y dos mil quinientos dólares de los Estados Unidos de Norteamérica. Esta preferencia se extinguirá una vez distribuidos los referidos dividendos hasta el tope de trescientos cincuenta y dos mil quinientos dólares de los Estados Unidos de Norteamérica o una vez cumplido el plazo de cinco años contados desde el treinta de octubre de dos mil veinte, lo que ocurra primero. Una vez extinguida la preferencia, todas las acciones pasarán a ser ordinarias. Cada acción otorga un voto a su legítimo dueño. Se deja expresa constancia que tanto el capital inicial, como lo eventuales aumentos de capital podrán pagarse en dinero efectivo, bienes o aportes en trabajo. La valoración de los aportes en bienes o trabajo se hará por el Directorio de la Sociedad. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. El capital social deberá ser aumentado o disminuido mediante acuerdo de la Junta de Accionistas. Sin perjuicio de lo anterior, el Directorio queda facultado en forma permanente para acordar aumentos de capital con el objeto de financiar la gestión ordinaria de la Sociedad o para fines específicos. El plazo para enterar los aumentos de capital será de seis meses contados desde la fecha del acuerdo respectivo, salvo que la Junta o el Directorio acuerden algo distinto. En el caso de aumentos de capital mediante la emisión de acciones de pago, será necesario hacer oferta preferente de dichas acciones a los accionistas de la Sociedad”; “PRIMERO TRANSITORIO: El capital social asciende a la suma de ciento cincuenta y seis millones setecientos setenta y dos mil quinientos diez pesos dividido en veintisiete millones cuatrocientas cuarenta y ocho mil seiscientas ochenta y seis acciones, de las cuales quince millones cuatrocientas treinta y nueve mil ochocientas ochenta y seis acciones son Acciones Ordinarias, las cuales son nominativas y sin valor nominal, y doce millones ocho mil ochocientas acciones son Acciones Preferentes Serie A, las cuales son nominativas y sin valor nominal, el cual se encuentra suscrito y pagado de la siguiente forma: (a) con la cantidad de veinticuatro millones diecisiete mil seiscientos pesos dividido en veinticuatro millones diecisiete mil seiscientas acciones, de las cuales doce millones ocho mil ochocientas acciones son Acciones Ordinarias, las cuales son nominativas y sin valor nominal, y doce millones ocho mil ochocientas acciones son Acciones Preferentes Serie A, las cuales son nominativas y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha; y (b) con la cantidad de ciento treinta y dos millones setecientos cincuenta y cuatro mil novecientos diez pesos dividido en tres millones cuatrocientas treinta y un mil ochenta y seis Acciones Ordinarias, conforme se acordó en Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada el día cinco de marzo de dos mil veintiuno, de las cuales, dos millones cuatrocientas y un mil setecientas sesenta acciones fueron totalmente suscritas y pagadas por Productora de Fertilizantes del Noroeste, Sociedad Anónima de Capital Variable mediante la capitalización de un crédito que tenía a la fecha de la citada Junta en contra de la Sociedad por la cantidad de noventa y dos millones novecientos veintiocho mil cuatrocientos treinta y siete pesos y las restantes un millón veintinueve mil trescientas veintiséis acciones fueron totalmente suscritas y pagadas por Inversiones MatteCorp Limitada mediante la capitalización de un crédito que tenía a la fecha de la citada Junta en contra de la Sociedad por la cantidad de treinta y nueve millones ochocientos veintiséis mil cuatrocientos setenta y tres pesos. La Junta, por unanimidad, acordó aprobar la capitalización del referido crédito sin que sea necesaria su estimación por peritos.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 7 de abril de 2021.