MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria, Agrícola, Ganadera y Forestal Alcázar SpA

RUT 76896692-3 CVE 1926806
Fecha instrumento
5 de abril de 2021
Notaría
Temuco

Instrumento

Fecha
5 de abril de 2021
Repertorio
513-2021
Notario
SYLVIA ALICIA HUECHE FUCHSLOCHER
Oficio
Sexta Notaria de Temuco
Comuna
Temuco

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SYLVIA ALICIA HUECHE FUCHSLOCHER, Notario Público de la Sexta Notaria de Temuco, con asiento en Padre Las Casas, calle Maquehue, Nº1244 Padre Las Casas, CERTIFICA: por escritura pública de hoy ante mí, Repertorio 513-2021, JORGE HERNANDO MANRÍQUEZ ACKERKNECHT, y RENÉ MAURICE DURCUDOY MONTANDON, únicos accionistas de la sociedad “INMOBILIARIA, AGRÍCOLA, GANADERA Y FORESTAL ALCAZAR SpA”, RUT N.º 76.896.692-3, con capital de 200 millones de pesos, modificaron sus Estatutos ,sentido: a) Se modifica el ARTICULO SEXTO, que se reemplaza y queda como sigue: “ARTÍCULO SEXTO: El Capital de la sociedad es de DOS MILLONES DE PESOS , dividido en DOS MILLONES DE ACCIONES sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma que señala el artículo primero transitorio de estos Estatutos”. b) se modifica el primer párrafo del ARTÍCULO UNDÉCIMO, que se reemplaza y queda como sigue: “ARTÍCULO UNDÉCIMO: La sociedad será administrada por CUATRO ADMINISTRADORES generales, debiendo actuar al menos dos de ellos conjuntamente, y tendrán todas las facultades establecidas en el ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO de estos Estatutos, más las que se hayan incorporado a los mismos o se incorporen en el futuro”. c) se modifica el ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO, en su primera parte hasta antes de los primeros dos puntos, lo que se reemplaza por lo siguiente: “ARTÍCULO DECIMO CUARTO: En el desempeño de sus funciones, los administradores que se designen de acuerdo a los presentes Estatutos, actuando al menos dos de ellos conjuntamente, tendrán las atribuciones siguientes, a más de otras que se les concedan estatutariamente o por la ley. d) se modifica el ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO, que se reemplaza y queda como sigue: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social según se establece en el artículo sexto del presente Estatuto, es de DOS MILLONES DE PESOS, dividido en DOS MILLONES DE ACCIONES, las que son ordinarias, nominativas, sin serie ni valor nominal, y pagado de la siguiente forma: don JORGE HERNANDO MANRÍQUEZ ACKERKNECHT suscribió UN MILLON DE ACCIONES, equivalentes a la suma total de UN MILLON DE PESOS que ya pagó al contado y en dinero efectivo, y don RENÉ MAURICE DURCUDOY MONTANDON suscribió UN MILLON DE ACCIONES, equivalentes a la suma total de UN MILLON DE PESOS que ya pagó al contado y en dinero efectivo. Los comparecientes declaran por totalmente enterado el capital social y pagadas todas las acciones suscritas por los socios. y e) se modifica el ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO, que se reemplaza y queda como sigue: “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: se designan como administradores de la sociedad y hasta que dejen de serlo, por causa estatutaria o legal, a JORGE HERNANDO MANRÍQUEZ ACKERKNECHT, cédula Nº7.965.241-5, a RENÉ MAURICE DURCUDOY MONTANDON, cédula N.º 7.768.666-5, a ENRIQUE ROBERTO HORMÁZABAL MUÑOZ, cédula Nº5.690.844-7 , y a FERNANDO HERIBERTO DRAKE MARTIN, cédula nacional de identidad N.º 12.047.330-1. En todo lo no modificado por escritura extractada, se mantienen vigentes las cláusulas del Estatuto social que rige a la fecha.- Padre Las Casas, 05 de Abril de 2021.-