MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

GANADERA Y FORESTAL SANTA RITA LIMITADA

RUT 76196672-3 CVE 1926850
Fecha instrumento
16 de febrero de 2021

Instrumento

Fecha
16 de febrero de 2021
Repertorio
372-21
Notario
IGOR ANDRES TRINCADO URRA
Domicilio
Punta Arenas

Objeto social

Al efecto, y sin que la enumeración siguiente se considere taxativa o importe limitación alguna, podrá especialmente:...” En todo lo demás se mantiene íntegramente vigente la cláusula cuarta en cuanto a cada una de las facultades conferidas al administrador. En lo no modificado se mantiene vigente pacto social constitutivo. PUNTA ARENAS, 12 de abril de de 2021

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IGOR ANDRES TRINCADO URRA, Notario Público de Punta Arenas, con oficio en calle 21 de Mayo Nº 1123, certifica: Por escritura de fecha 16 de febrero de 2021, repertorio 372-21 ante mí, MARIANELA MIRTHA MELLA CARDENAS y ENRI JESUS AGUILAR MELLA, ambos con domicilio en Ruta 9 Sur, kilómetro 8 1/2, Pasaje Alfonso Barría Gómez, Parcela 13, Villa Julita, comuna de Punta Arenas; acuerdan modificar sociedad comercial de responsabilidad limitada: “GANADERA Y FORESTAL SANTA RITA LIMITADA”, inscrita a fojas 784 vta., N° 683, Registro Comercio año 2011, Conservador Punta Arenas, en cuanto a modificar el comienzo de la cláusula cuarta del pacto social, en el siguiente sentido: “CUARTO: La administración y el uso de la razón social, corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios, el cual, actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma personal, representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos y ejecutar todos los asuntos y negocios relacionados con el cumplimiento del objeto social. Al efecto, y sin que la enumeración siguiente se considere taxativa o importe limitación alguna, podrá especialmente:...” En todo lo demás se mantiene íntegramente vigente la cláusula cuarta en cuanto a cada una de las facultades conferidas al administrador. En lo no modificado se mantiene vigente pacto social constitutivo. PUNTA ARENAS, 12 de abril de de 2021.