CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ASESORÍAS BERTOLLA SpA

RUT 13875499-5 CVE 1926854
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de abril de 2021
Notaría
La Serena
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
9 de abril de 2021
Notario
EDUARDO QUINTANILLA ROJAS
Oficio
Notario Interino don Jesús Osses Reveco de la Segunda Notaría de La Serena
Comuna
La Serena

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
ciudad de LA SERENA
Duración
Indefinida

Objeto social

será: la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa o indirectamente, con este

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO QUINTANILLA ROJAS, Abogado, Notario Público Suplente del Notario Interino don Jesús Osses Reveco de la Segunda Notaría de La Serena, calle Cordovez 588, Of. 108, La Serena, certifico: Por escritura pública de fecha de hoy, ante mí, DANIEL IGNACIO BERTOLLA VIDELA, chileno, casado con Separación de Bienes, Abogado, C.I.N° 13.875.499-5, domiciliado en Huanhualí 850, oficina 402, comuna y ciudad de La Serena, constituye sociedad por acciones denominada “SOCIEDAD DE ASESORÍAS JURÍDICAS BERTOLLA SpA o ASESORÍAS BERTOLLA SpA”. Objeto: será: la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa o indirectamente, con este giro. Domicilio: ciudad de LA SERENA, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o en el extranjero. Duración: indefinida. La administración y representación de la sociedad le corresponderá a don DANIEL IGNACIO BERTOLLA VIDELA, con las más amplias facultades señaladas escritura que se extracta. Capital social: $5.000.000, dividido en 500 acciones nominativas con valor nominal de $10.000 cada una, suscritas por don DANIEL IGNACIO BERTOLLA VIDELA, y serán pagadas dentro del plazo de un año a contar de la fecha de suscripción de este acto. Demás estipulaciones escritura extractada. La Serena, 09 de abril de 2021.-