INVERSIONES PUNTA MANGLE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de marzo de 2021
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Duración
- La duración de la sociedad será de cuarenta años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento.- VI
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don Esteban Maximiliano Jadresic Marinovic, quien actuando individualmente contará con las más amplias facultades de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, 2° piso, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 22 de marzo de 2021, ante mí: don Esteban Maximiliano Jadresic Marinovic, doña Mónica María Pullin Villaverde, doña Daniela Jadresic Pullin, don Martín Jadresic Pullin y don Andrés Jadresic Pullin todos domiciliados, para estos efectos, en calle Camino el Piuquén número tres mil quinientos uno, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, quienes vienen en constituir una sociedad por acciones en los siguientes términos: I. Razón Social. La razón social será “INVERSIONES PUNTA MANGLE LIMITADA” II. Objeto. La Sociedad tendrá por objeto: A) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, anónimas o de responsabilidad limitada y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan. B) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de título o valores mobiliarios. C) La adquisición y explotación comercial de inmuebles de cualquier naturaleza, ya sea, directamente a través de esta sociedad, o indirectamente a través de otras sociedades. Además, ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con su objeto.- III. Capital. El capital social es la suma única y total de un $1.000.000 de pesos, los cuales serán pagados por sus socios en dinero efectivo o especies, dentro del plazo de un año contado desde esta fecha, en las siguientes cantidades y proporciones: i) don Esteban Maximiliano Jadresic Marinovic, con la suma de cincuenta mil pesos, equivalentes al cinco por ciento del capital y los derechos sociales; ii) doña Mónica María Pullin Villaverde, con la suma de cincuenta mil pesos, equivalentes al cinco por ciento del capital y los derechos sociales; iii) doña Daniela Jadresic Pullin, con la suma de trescientos mil pesos, equivalentes al treinta por ciento del capital y los derechos sociales, iv) don Martín Jadresic Pullin, con la suma de trescientos mil pesos, equivalentes al treinta por ciento del capital y los derechos sociales; y v) don Andrés Jadresic Pullin, con la suma de trescientos mil pesos, equivalentes al treinta por ciento del capital y los derechos.- V. Duración. La duración de la sociedad será de cuarenta años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento.- VI. Administración. La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don Esteban Maximiliano Jadresic Marinovic, quien actuando individualmente contará con las más amplias facultades de administración. En caso de fallecimiento, ausencia y /o impedimento definitivo de don Esteban Maximiliano Jadresic Marinovic, la administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial, corresponderá a doña Mónica María Pullin Villaverde, quien actuando individualmente contará con las más amplias facultades de administración. En caso de fallecimiento, ausencia y /o impedimento definitivo de doña Mónica María Pullin Villaverde, la administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial, con idénticas facultades, corresponderá a doña Daniela Jadresic Pullin, a don Martín Jadresic Pullin y a don Andrés Jadresic Pullin. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 08 de abril de 2021.