MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Servicios Industriales Patagonia Limitada

RUT 77708060-1 CVE 1925344
Fecha instrumento
29 de marzo de 2021
Notaría
Puerto Varas

Instrumento

Fecha
29 de marzo de 2021
Repertorio
533-2021
Notario
Ricardo Fontecilla Gallardo
Oficio
Segunda Notaría Puerto Varas con Oficio en Llanquihue
Comuna
Puerto Varas

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Ricardo Fontecilla Gallardo, Notario Público Titular de la Segunda Notaría Puerto Varas con Oficio en Llanquihue, Avenida Vicente Pérez Rosales Nº 213, certifico que por escritura pública ante mí, de fecha 29 de Marzo de 2021, Repertorio N°533-2021, doña Claudia Andrea Brintrup Aguilar, domiciliada en Isabel La Católica 7100, Las Condes, Santiago; doña María Fernanda Brintrup Aguilar, domiciliada en Napoleón 3310, departamento 91, Las Condes, Santiago; y don Alfonso Guillermo Brintrup Aguilar, domiciliado en Mardoqueo Fernández 141, departamento 905, Providencia, Santiago, modificaron la Sociedad de Servicios Industriales Patagonia Limitada, constituida ante el Notario Público de Puerto Montt, Sr. Hernán Tike Carrasco, mediante escritura pública de fecha 21-01-2002, Repertorio N° 317, inscrita en el Registro de Comercio de Puerto Montt a fs. 40, N° 39 del año 2002. La modificación consiste en: (i) Claudia Andrea Brintrup Aguilar, dueña del 50% del haber social, vende, cede y transfiere, por la suma de $666.800.- pagada en este acto y al contado, el 16,66% de sus derechos sociales a Alfonso Guillermo Brintrup Aguilar, quién los compra, acepta y adquiere para sí. Asimismo, María Fernanda Brintrup Aguilar, dueña del 50% del haber social, vende, cede y transfiere, por la suma de $666.800.- pagada en este acto y al contado, el 16,66% de sus derechos sociales a Alfonso Guillermo Brintrup Aguilar, quién los compra, acepta y adquiere para sí. Como consecuencia de todo lo anterior, los derechos sociales quedan distribuidos de la siguiente forma: a) Claudia Andrea Brintrup Aguilar: 1/3 del haber social equivalente al 33,3%; b) María Fernanda Brintrup Aguilar: 1/3 del haber social equivalente al 33,3%; y c) Alfonso Guillermo Brintrup Aguilar: 1/3 del haber social equivalente al 33,3%; ii) Los socios modifican Cláusula 9 de la escritura de constitución de la sociedad, estableciendo que la administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios Claudia Andrea Brintrup Aguilar, María Fernanda Brintrup Aguilar y Alfonso Guillermo Brintrup Aguilar, en la forma y con las facultades y limitaciones que constan en la escritura extractada; iii) Los socios modifican la Cláusula 10 de la escritura de constitución de la sociedad, estableciendo que el nuevo plazo de la sociedad será de 20 años contados desde la fecha de la escritura extractada. Dicho plazo será prorrogable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 10 años, a menos que alguno de los socios declare lo contrario en la forma establecida en la escritura extractada; iv) En todo lo no modificado por la presente escritura, los actuales socios ratifican y declaran que se mantiene vigente en su integridad el pacto social constitutivo; v) Los socios revocan a contar de la fecha de la escritura extractada todos los poderes, generales o especiales, que se hayan conferido; vi) Los socios confieren poder especial y con limitaciones a Marcelo Fernando Brintrup Meeder. Las demás condiciones se señalan en la escritura extractada.- Llanquihue, 08 de marzo de 2021.-