NADA NOS DETIENE SpA
Instrumento
- Fecha
- 5 de abril de 2021
- Repertorio
- 12560/2021
- Notario
- ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- 42° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
Se amplió el objeto social, sustituyendo el artículo segundo de los estatutos sociales, el que quedó redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO SEGUNDO: El objeto o giro de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) La realización de actividades de producción, difusión y comercialización de toda clase de programas o espectáculos artísticos y)o culturales, incluida la representación artística, conferencias, entrevistas o eventos culturales, por cuenta propia o ajena, para su exhibición en recintos públicos o privados, abiertos o cerrados, cines, salas de espectáculos, auditorios, internet y otros medios tecnológicos o no tecnológicos; b) La operación, mantención y explotación de concesiones de servicios de radiodifusión televisiva de libre recepción o de pago, de radiodifusión sonora, y otras concesiones del área audiovisual, pudiendo realizar todos aquellos actos, contratos y negocios jurídicos conducentes al cumplimiento de su objetivo; c) El ejercicio del comercio en cualquiera de sus formas, en toda el área audiovisual, computacional, de las comunicaciones y la publicidad y demás que se relacionen directa e indirectamente con el objeto social; d) La compra, venta, cesión, permuta, distribución y)o comercialización de derechos de exhibición respecto de historias y guiones cinematográficos o de video, obras audiovisuales, obras literarias, impresos, fotografías, imágenes o sistemas audiovisuales, de música, de sonido o de la media computacional, de las comunicaciones, producciones cinematográficas, de televisión, radio, video, teatro, programas de divulgación científica, social, cultural y, en general, de toda obra intelectual susceptible de ser representada por algún medio audiovisual, radial, ideográfico o escrito, para su difusión por cuenta propia o ajena, a través de cualquier medio, en el territorio nacional o en el extranjero; e) El desarrollo, explotación, y)o la operación de plataformas tecnológicas para la emisión, reemisión, difusión de todo tipo de programas o eventos artísticos o culturales; f) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, derechos en sociedades de personas y, en toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito o de inversión, y g) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas.”. En todo lo no modificado expresamente en el instrumento extractado, se mantienen plenamente vigentes las estipulaciones que conforman los estatutos sociales
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Apoyo al Emprendimiento | socio | 65189553-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular 42° Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, Santiago, certifica: Por instrumento privado de fecha 05 de abril del año 2021, protocolizado en esta notaria con fecha 06 de abril de año 2021, bajo el Repertorio N° 12.560 / 2021; don Nicholas Shea Carey y don Andrés Guillermo Cargill Medel, en nombre y representación de Corporación G100 de Apoyo al Emprendimiento, RUT N° 65.189.553-7, actual y única accionista, según consta al Notario que autoriza, de la sociedad “Nada Nos Detiene SpA”, inscrita a fojas 86.346, número 42.448, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2019, acordaron la modificación de la sociedad en el siguiente sentido: Objeto Social: Se amplió el objeto social, sustituyendo el artículo segundo de los estatutos sociales, el que quedó redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO SEGUNDO: El objeto o giro de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) La realización de actividades de producción, difusión y comercialización de toda clase de programas o espectáculos artísticos y/o culturales, incluida la representación artística, conferencias, entrevistas o eventos culturales, por cuenta propia o ajena, para su exhibición en recintos públicos o privados, abiertos o cerrados, cines, salas de espectáculos, auditorios, internet y otros medios tecnológicos o no tecnológicos; b) La operación, mantención y explotación de concesiones de servicios de radiodifusión televisiva de libre recepción o de pago, de radiodifusión sonora, y otras concesiones del área audiovisual, pudiendo realizar todos aquellos actos, contratos y negocios jurídicos conducentes al cumplimiento de su objetivo; c) El ejercicio del comercio en cualquiera de sus formas, en toda el área audiovisual, computacional, de las comunicaciones y la publicidad y demás que se relacionen directa e indirectamente con el objeto social; d) La compra, venta, cesión, permuta, distribución y/o comercialización de derechos de exhibición respecto de historias y guiones cinematográficos o de video, obras audiovisuales, obras literarias, impresos, fotografías, imágenes o sistemas audiovisuales, de música, de sonido o de la media computacional, de las comunicaciones, producciones cinematográficas, de televisión, radio, video, teatro, programas de divulgación científica, social, cultural y, en general, de toda obra intelectual susceptible de ser representada por algún medio audiovisual, radial, ideográfico o escrito, para su difusión por cuenta propia o ajena, a través de cualquier medio, en el territorio nacional o en el extranjero; e) El desarrollo, explotación, y/o la operación de plataformas tecnológicas para la emisión, reemisión, difusión de todo tipo de programas o eventos artísticos o culturales; f) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, derechos en sociedades de personas y, en toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito o de inversión, y g) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas.”. En todo lo no modificado expresamente en el instrumento extractado, se mantienen plenamente vigentes las estipulaciones que conforman los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en instrumento extractado. Santiago, 07 abril de 2021.