Instrumento
- Fecha
- 31 de marzo de 2021
- Repertorio
- 1056-2021
- Notario
- CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
- Oficio
- Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago de Chile
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto a) La inversiones en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como, sólo a modo de ejemplo: derechos, acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, bienes raíces, etc.; b) la ejecución de toda clase de actividades de carácter inmobiliario, en sus distintas formas, comprendiéndose en ella la compra, venta, permuta, adquisición y enajenación en cualquier forma de todo tipo de bienes raíces o derechos en ellos, pudiendo asimismo construir, remodelar, transformar y reparar bienes raíces, subdivididos, urbanizarlos y lotearlos, dar y tomar en arrendamiento bienes inmuebles, obtener frutos de ellos y administrar, y en general efectuar toda clase de inversiones y desarrollar todo tipo de operaciones relacionas directa o indirectamente con la actividad inmobiliaria; c) La prestación de servicios comerciales, financieros, contables, de auditoría, de administración, recursos humanos, organización, y gestión de cualquier naturaleza a personas naturales y)o jurídicas con o sin fines de lucro, y otros servicios prestados por empresas; y d) El ejercicio de cualquiera otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriores señalas y que los socios acuerden relacionados con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa N°1450, Local 15 A 2, de esta ciudad, certifico: Que, por escritura pública de fecha 31 de marzo del año 2021, Repertorio 1056-2021, ante mí: JUAN RAFAEL MERY AZANCOT, constituyó sociedad por acciones bajo siguientes estipulaciones: NOMBRE: “INMOBILIARIA E INVERSIONES RMA SpA” la que también podrá funcionar y ejercer el objeto de la sociedad a través de los siguientes nombres de fantasía “RMA SpA”. OBJETO SOCIAL: La sociedad tendrá por objeto a) La inversiones en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como, sólo a modo de ejemplo: derechos, acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, bienes raíces, etc.; b) la ejecución de toda clase de actividades de carácter inmobiliario, en sus distintas formas, comprendiéndose en ella la compra, venta, permuta, adquisición y enajenación en cualquier forma de todo tipo de bienes raíces o derechos en ellos, pudiendo asimismo construir, remodelar, transformar y reparar bienes raíces, subdivididos, urbanizarlos y lotearlos, dar y tomar en arrendamiento bienes inmuebles, obtener frutos de ellos y administrar, y en general efectuar toda clase de inversiones y desarrollar todo tipo de operaciones relacionas directa o indirectamente con la actividad inmobiliaria; c) La prestación de servicios comerciales, financieros, contables, de auditoría, de administración, recursos humanos, organización, y gestión de cualquier naturaleza a personas naturales y/o jurídicas con o sin fines de lucro, y otros servicios prestados por empresas; y d) El ejercicio de cualquiera otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriores señalas y que los socios acuerden relacionados con el objeto social. DOMICILIO: ciudad de Santiago de Chile, sin perjuicio de los domicilios especiales, oficinas, agencias o sucursales que se establezcan en el país o en el extranjero. CAPITAL: $1.000.000.- que se divide en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, el cual se suscribe de la siguiente manera: a) don JUAN RAFAEL MERY AZANCOT suscribe mil acciones, por un monto de $1.000.000.-, las que suscribe y paga en este acto en dinero efectivo que ingresan en arcas sociales. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 31 de marzo de 2021.