AGRICOLA EL MIRADOR SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de abril de 2021
- Repertorio
- 1645-2021
- Notario
- TEODORO PATRICIO DURÁN PALMA
- Oficio
- Quinta Notaría de Talca
- Comuna
- Talca
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalTEODORO PATRICIO DURÁN PALMA, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Talca, con oficio en 1 Norte Nº 888 de Talca, certifico: Por escritura pública, otorgada ante mí, con fecha 06 de abril de 2021, Repertorio Nº 1.645-2021, doña MAGDALENA MARIA CRISOSTO FILLOL y don ALBERTO ANDRES ALDEA IRIONDO, ambos domiciliados en Condominio San Francisco, casa 3 Alto Las Cruces, comuna de Talca, sanearon Sociedad “AGRICOLA EL MIRADOR SpA. ”, Rut Nº 77.294.503-5, constituida por escritura pública de 26 de marzo de 2020, otorgada ante el Notario Público de Talca don Teodoro Duran Palma, Repertorio N°2.172-2020, extracto publicado en Diario Oficial el 04 de abril del2020, e inscrito a fojas 530 Nº 214, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca, correspondiente al año 2020, con un capital de $4.000.000.-, en el siguiente sentido: Los actuales únicos socios, sanearon conforme a la Ley 19.499, la constitución de la sociedad, debido al vicio incurrido en el artículo quinto del pacto social, donde se expresa erróneamente, la cantidad de acciones y el valor de éstas en el capital social. Por tanto, se reemplazó el Artículo QUINTO, por el siguiente: “ARTICULO QUINTO: El capital de la sociedad será la suma de 4.000.000 pesos, dividido en 40 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie, de un valor de $100.000 pesos cada una, que se suscriben y pagan de la forma que se señala en el artículo segundo transitorio de estos estatutos. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o con otros bienes.- No se imprimirán láminas físicas de los títulos acciones y su transferencia se ajustará a lo prevenido en el artículo 446 del Código de Comercio y demás normas que le sean aplicables.-” En lo saneado, permanecen vigente estipulaciones escritura de constitución. Demás estipulaciones en escritura extractada. Talca, 06 de abril de 2021.-