SAVANT PHARM CHILE SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de marzo de 2021
- Notario
- IVAN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33°Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.000 CLP
- Duración
- 10 años contados desde la fecha de la presente fecha, renovable por períodos de 5 años si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término forma establecida pacto social
Objeto social
a) La fabricación, transformación, investigación, experimentación, importación, exportación, distribución, representación, envasado y comercialización, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de medicamentos, productos farmacéuticos, medicinales, naturales, químicos, homeopáticos, cosméticos, de perfumería, de herboristería, de uso quirúrgico, terapéutico u ortopédico y productos similares destinados a la protección, mantención, recuperación y preservación de la salud de las personas; b) La compra, venta, exportación e importación de maquinarias, equipos e insumos destinados a la fabricación y producción de los mencionados precedentemente; y c) Cualquier otra actividad que los socios acuerden de consuno
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público de la 33°Notaría Santiago, Huérfanos N° 979, Oficina 501, CERTIFICA: Por escritura pública con fecha de hoy ante mí, se redujo a escritura pública el acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “SAVANT PHARM CHILE SpA.”, RUT Nº 76.415.418-5, celebrada en esta ciudad el 15 de marzo de 2021, con asistencia del notario suscrito, acordándose la transformación de la sociedad anónima “SAVANT PHARM CHILE SpA.”, inscrita a Fs. 89.598 N° 54.599, en el Registro de Comercio del año 2014, Santiago, en sociedad comercial de responsabilidad limitada, fijándose los estatutos sociales. Estatuto sociedad transformada se extracta como sigue: MACDA SOCIEDAD ANÓNIMA, representada por JOSE IGNACIO ARTEAGA MANIEU y SAVANTPHARM URUGUAY S.A, representada por RICARDO ABDALA HIRANE, todos domiciliadas para estos efectos en calle Santa Lucia N° 330, Segundo Piso, comuna y ciudad de Santiago, transforman “SAVANT PHARM CHILE SpA.” en Sociedad de Responsabilidad Limitada: Razón social: “VIVUNT PHARMA CHILE LIMITADA”, pudiendo utilizar para fines comerciales, bancarios, tributarios o de publicidad, el nombre de fantasía “VIVUNT PHARMA LIMITADA”. Objeto: a) La fabricación, transformación, investigación, experimentación, importación, exportación, distribución, representación, envasado y comercialización, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de medicamentos, productos farmacéuticos, medicinales, naturales, químicos, homeopáticos, cosméticos, de perfumería, de herboristería, de uso quirúrgico, terapéutico u ortopédico y productos similares destinados a la protección, mantención, recuperación y preservación de la salud de las personas; b) La compra, venta, exportación e importación de maquinarias, equipos e insumos destinados a la fabricación y producción de los mencionados precedentemente; y c) Cualquier otra actividad que los socios acuerden de consuno. Capital: $6.000.000 que los socios han aportado en la siguiente proporción: a) MACDA SOCIEDAD ANÓNIMA, la suma de $5.990.400.- que corresponde al 99,84% de los derechos en el capital social y b) SAVANTPHARM URUGUAY S.A, la suma de $9.600.- que corresponde al 0,16% de los derechos en el capital social. El capital social se encuentra íntegramente aportado y pagado por los socios en las proporciones antes indicadas. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Administración y uso de razón social: Corresponderá a don JOSE IGNACIO ARTEAGA MANIEU y a don RICARDO ABDALA HIRANE, quienes podrán actuar en forma separada e indistinta y a su vez designar por escritura pública, uno o más representantes legales, administradores, apoderados o mandatario indicando la forma en que estos actuarán y las facultades que dispondrán para representar a la sociedad, con facultades escritura extractada. Duración: 10 años contados desde la fecha de la presente fecha, renovable por períodos de 5 años si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término forma establecida pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 05 de abril del 2021.