CENTRO DENTAL PATAGONIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de marzo de 2021
- Notario
- Abogado
- Domicilio
- Puerto Montt
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
Administración
La sociedad será administrada por una o más personas designadas a tal efecto por la Junta de Accionistas de la sociedad, la que en todo caso no estará obligada a reemplazar al administrador provisorio designado. Mientras la Junta de Accionistas no designe a otro administrador y dicha designación no sea anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente sociedad en el Registro de Comercio competente, ejercerá la administración de la sociedad la socia constituyente doña CAROLINA ANDREA OYARZÚN CHODIL, quien estará investido de las más amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIPE SAN MARTIN SCHRÖDER, Abogado, Notario Público Titular de Puerto Montt, Urmeneta N°414, certifica: Por escritura pública hoy ante mí; doña CAROLINA ANDREA OYARZÚN CHODIL, cédula de identidad número trece millones cuatrocientos ocho mil novecientos treinta y siete guion siete, quién acredita su identidad con la cédula antes citada y declara ser chilena, cirujano dentista, casada y separada totalmente de bienes, con domicilio en Avenida Volcán Choshuenco número cinco mil ciento once, casa ciento uno, Condominio Altos del Bosque, Valle Volcanes de la ciudad de Puerto Montt, quien comparece por sí y en representación de doña CARLA KATHERINE OYARZÚN CHODIL, cédula de identidad número quince millones trescientos cinco mil cuatrocientos setenta y tres guion ocho, chilena, periodista, casada y separada totalmente de bienes, con domicilio en Avenida Baquedano número doscientos setenta y cuatro, segundo piso de la ciudad de Coyhaique; y de Doña MARCELA PAOLA BÓRQUEZ NAVARRO, cédula de identidad número nueve millones quinientos cuarenta y cinco mil novecientos treinta y ocho guion dos, chilena, cirujano dentista, casada y separada totalmente de bienes, con domicilio en calle Pedro Montt número cincuenta y tres, de la ciudad de Quellón; y Doña ÚRSULA ELENA ARTEAGA MUÑOZ, cédula de identidad número catorce millones doscientos veintisiete mil ciento cincuenta y siete guion cinco, quién acredita su identidad con la cédula antes citada y declara ser chilena, ingeniero comercial, casada y separada totalmente de bienes, con domicilio en calle Chacayal número novecientos veinte, Villa Antihual de la ciudad de Puerto Montt, todas los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las referidas cédulas y exponen que modificaron la sociedad la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada CENTRO DENTAL PATAGONIA LIMITADA, la que se inscribió en el Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt a fojas setecientos noventa vuelta, número seiscientos ochenta y siete, correspondiente al año dos mil diez. El rol único tributario de la sociedad es el número 76.110.332-6 setenta y seis millones ciento diez mil trescientos treinta y dos guion seis. Capital Social $10.000.000 diez millones de pesos; Dos) Por escritura pública de fecha veintitrés de marzo del año dos mil once, en la Notaría de Puerto Montt de doña Carmen Ojeda Cáceres se modificó la sociedad, modificación que se encuentra inscrita a fojas trescientos catorce, número doscientos noventa y seis, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt, correspondiente al año dos mil once; Tres) Por escritura pública de fecha veintinueve de enero del año dos mil quince, ante el Notario Público Titular de Puerto Montt, don Álvaro Gajardo Casañas, se modificó la sociedad, modificación que se encuentra inscrita a fojas doscientos cuarenta y cuatro, número ciento sesenta y ocho, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt, correspondiente al año dos mil quince; Cuatro) Por escritura pública de fecha doce de abril del año dos mil diecinueve, ante el Notario Público Titular de Puerto Varas, don Bernardo Espinosa Bancalari, se modificó la sociedad, modificación que se encuentra inscrita a fojas cuatrocientos ochenta y cuatro vuelta, número trescientos cinco, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt, correspondiente al año dos mil diecinueve; y Cinco) Por escritura pública de fecha veintinueve de mayo de dos mil veinte, ante el Notario Público Titular de Puerto Montt, don Víctor Quiñones Sobarzo, se celebró un contrato de cesión de derechos sociales y modificación de la sociedad, que se inscribió a fojas cuatrocientos cuarenta numero doscientos noventa y cuatro, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt, correspondiente al año dos mil veinte. Seis) Por escritura pública de fecha diecinueve de noviembre del dos mil veinte, se modificó, saneó y estableció el texto del estatuto refundido de la sociedad, inscribiéndose el extracto respectivo a fojas mil cincuenta y seis vuelta número seiscientos cuarenta y dos del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt, del año dos mil veinte. MODIFICACIONES EFECTUADAS: Cesión de derechos: UNO.- Por la presente escritura, las socias CARLA KATHERINE OYARZÚN CHODIL y MARCELA PAOLA BÓRQUEZ NAVARRO, a través de su representante convencional, venden ceden y transfieren el total de sus derechos en la sociedad a la socia CAROLINA ANDREA OYARZÚN CHODIL, quien acepta y adquiere los derechos cedidos. El precio de la cesión de los derechos asciende a la suma de un millón de pesos respectos de los derechos cedidos por doña CARLA KATHERINE OYARZÚN CHODIL y un millón de pesos respecto a los derechos cedidos por MARCELA PAOLA BÓRQUEZ NAVARRO, sumas que son pagadas en este acto y en dinero efectivo, dando las cesionarias por pagado el monto señalado respecto de cada una de ellas. DOS. Por su parte, la socia ÚRSULA ELENA ARTEAGA MUÑOZ, antes individualizadas, vende cede y transfieren el total de sus derechos en la sociedad a la socia CAROLINA ANDREA OYARZÚN CHODIL, quien acepta y adquiere los derechos cedidos. El precio de la cesión de los derechos asciende a la suma de quinientos mil pesos. Las partes renuncian expresamente a la acción resolutoria que pueda emanar del presente contrato. Los comparecientes declaran conocer y aceptar la situación económica, financiera, tributaria y patrimonial de la sociedad, a la fecha de la presente escritura. CUATRO: En virtud de la cesión de derechos sociales a la que se refiere la cláusula anterior de este instrumento, la única socia de la sociedad es doña CAROLINA ANDREA OYARZÚN CHODIL en un cien por ciento de los derechos sociales. TRANSFORMACIÓN: doña CAROLINA ANDREA OYARZÚN CHODIL, cédula de identidad número trece millones cuatrocientos ocho mil novecientos treinta y siete guion siete, quién acredita su identidad con la cédula antes citada y declara ser chilena, cirujano dentista, casada y separada totalmente de bienes, con domicilio en Avenida Volcán Choshuenco número cinco mil ciento once, casa ciento uno, Condominio Altos del Bosque, Valle Volcanes de la ciudad de Puerto Montt, en su calidad de única socia de la sociedad CENTRO DENTAL PATAGONIA LIMITADA, vienen en transformar la sociedad antes individualizada en una sociedad por acciones, la cual será su continuadora legal y tendrá el siguiente estatuto. Razón social: El nombre de la sociedad es “CENTRO DENTAL PATAGONIA SpA. El domicilio de la sociedad es la ciudad de Puerto Montt, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Duración, indefinida. El objeto de la sociedad será: la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la odontología, radiografía y imagineología, ya sea en forma directa o a través de terceros y cualquier otra actividad profesional vinculada directa o indirectamente con las especialidades odontológicas, incluida la administración de clínicas, consultorios, centros médicos y laboratorios; compra, venta y distribución de insumos, materiales, instrumental y equipamiento odontológico; organización, realización y dictación de seminarios, charlas, cursos y conferencias relacionadas con el área odontológica; asesorías odontológicas en general; realización de actividades académicas vinculadas al giro social y, en general, la ejecución de cualquier actividad que los socios acuerdan relacionada directa o indirectamente con las anteriores. El capital de la sociedad es de DIEZ MILLONES DE PESOS, dividido en mil acciones nominativas, sin valor nominal, de una sola serie. El capital de la sociedad se suscribe y paga en la forma indicada en el artículo primero transitorio. Conforme lo permite el artículo cuatrocientos treinta y cuatro del Código de Comercio, se acuerda no imprimir láminas físicas de las acciones. El capital social de diez millones de pesos, dividido en mil acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, las que se suscriben y pagan al valor inicial de diez mil pesos cada acción, según las reglas siguientes: La accionista fundadora doña CAROLINA ANDREA OYARZÚN CHODIL, toma la cantidad se mil acciones, equivalentes al cien por ciento del total accionario, enterándose en este acto mediante el pago al contado y en efectivo de la suma de diez millones de pesos. De esta forma el capital se encuentra totalmente suscrito y pagado. Administración. La sociedad será administrada por una o más personas designadas a tal efecto por la Junta de Accionistas de la sociedad, la que en todo caso no estará obligada a reemplazar al administrador provisorio designado. Mientras la Junta de Accionistas no designe a otro administrador y dicha designación no sea anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente sociedad en el Registro de Comercio competente, ejercerá la administración de la sociedad la socia constituyente doña CAROLINA ANDREA OYARZÚN CHODIL, quien estará investido de las más amplias facultades. Otras estipulaciones constan escritura extractada. Puerto Montt, 26 de marzo de 2021.-