SOCIEDAD PRESTADORA DE SERVICIOS A TERCEROS AMIPET SpA
Instrumento
- Fecha
- 30 de marzo de 2021
- Notario
- ANDRES CUEVAS OSSANDON
- Oficio
- 6 Notaría de Iquique
- Comuna
- Iquique
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Iquique
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios a terceros por cuenta propia o ajena, en especial, de peluquería y cuidados a todo tipo de animales, así como el arrendamiento, compra, venta, administración y explotación, de toda clase de bienes corporales muebles o inmuebles, que sirvan de insumo para los animales.- b) En general, la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios; c) Además, podrá, invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos.- d) Podrá además tener por objeto prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, etc. e) El arrendamiento, la compra y venta y en general la adquisición y enajenación a cualquier titulo de todo tipo de bienes corporales, muebles o inmuebles, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios; f) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración; g) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y)o particulares sean estos nacionales o extranjeros; h) Podrá en general, realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que socios determinen de común acuerdo.- i) Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y)o asociada o en coparticipación con terceros, todo ello, bajo regimen general o especial de Zona Franca
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES CUEVAS OSSANDON, Abogado, Notario Público Titular 6 Notaría de Iquique, con oficio en calle Luis Uribe Nº 330, CERTIFICO: Por escritura hoy ante mí: don JUAN REINALDO PÉREZ NEIRA, chileno casado, empleado, Cédula Nacional de Identidad y Rol Único Tributario Nº 6.500.653-7, con domicilio en Avenida Rancagua Nº 2717, Comuna de Iquique, constituye Sociedad por Acciones denominada “SOCIEDAD PRESTADORA DE SERVICIOS A TERCEROS AMIPET SpA” pudiendo actuar igualmente ante terceros, indistintamente, con el nombre de fantasía “AMIPET SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios a terceros por cuenta propia o ajena, en especial, de peluquería y cuidados a todo tipo de animales, así como el arrendamiento, compra, venta, administración y explotación, de toda clase de bienes corporales muebles o inmuebles, que sirvan de insumo para los animales.- b) En general, la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios; c) Además, podrá, invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos.- d) Podrá además tener por objeto prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, etc. e) El arrendamiento, la compra y venta y en general la adquisición y enajenación a cualquier titulo de todo tipo de bienes corporales, muebles o inmuebles, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios; f) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; g) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros; h) Podrá en general, realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que socios determinen de común acuerdo.- i) Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros, todo ello, bajo regimen general o especial de Zona Franca.- Domicilio: Iquique. Capital: $5.000.000.- dividido en DIEZ acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal. Las referidas acciones son suscritas en este acto, por don JUAN REINALDO PÉREZ NEIRA. Dichas acciones, se pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo. En consecuencia el capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado.- Administración y Representación de la sociedad, le corresponderá a don JUAN REINALDO PÉREZ NEIRA, quién podrá ejercer por si solo, o bien a través de personas especialmente designadas para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen. El administrador tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna. Por vía ilustrativa, se deja testimonio que las facultades del administrador comprenden, entre otras, las referidas en escritura extractada.- Demás estipulaciones contrato extractado. Iquique, 30 de marzo 2021.