ÓPTICA FUTURO TALCA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de febrero de 2021
- Notario
- JUAN SEBASTIAN BARAHONA BARAHONA
- Domicilio
- Titular don Sergio Waldo Arenas Benoni
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Administración
Los socios ratifican la cláusula relativa a la administración, representación y el uso de la razón social, en sentido que ésta corresponderá única y exclusivamente a doña YESSICA SANDRA FUENTES PONCE, con todas y cada una de las facultades establecidas en el pacto social primitivo, las que se dan por expresamente reproducidas. DECLARACIÓN DE
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN SEBASTIAN BARAHONA BARAHONA, Abogado, Notario Público suplente del Titular don Sergio Waldo Arenas Benoni, San Miguel, con asiento en La Cisterna, según decreto debidamente protocolizado, con oficio en calle Gran Avenida José Miguel Carrera número ocho mil seis, Certifico: Que por escritura pública de fecha 08 de Febrero de 2021, ante mí, YESSICA SANDRA FUENTES PONCE; JOSE DOMINGO FUENTES BELMAR, y doña BARBARA ALEXANDRA FUENTES PONCE, todos con domicilio convencional en Nueva Uno número dos mil seiscientos, comuna de Cerrillos, Región Metropolitana, y de paso por ésta modificaron sociedad “ÓPTICA FUTURO TALCA LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 13/02/2020, otorgada ante don Sergio Waldo Arenas Benoni, Notario Público Titular de San Miguel con asiento en La Cisterna, inscrita en el Registro de Comercio a fojas 14.116, número 7.228, del Registro de Comercio de la ciudad de Santiago, correspondiente al año 2020, y publicada en el diario oficial bajo el número 42.590 de fecha 27/02/2020, la sociedad no ha tenido modificaciones posteriores. MODIFICACIONES: Don JOSE DOMINGO FUENTES BELMAR, dueño del 50% por ciento del capital social, vende, cede y transfiere a doña BARBARA ALEXANDRA FUENTES PONCE, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión es la suma de $1.500.000, que la cesionaria paga en este acto, en dinero en efectivo al cedente, quien declara recibirlo a su entera satisfacción, sirviendo la presente escritura de suficiente recibo de pago. Esta cesión es aceptada por la otra socia, doña YESSICA SANDRA FUENTES PONCE. NUEVA COMPOSICIÓN DE LA SOCIEDAD: En consecuencia, y fruto de la cesión de derechos antes realizada serán desde este momento, únicos socios de la sociedad: Doña YESSICA SANDRA FUENTES PONCE, con el 50% de los derechos sociales, y doña BARBARA ALEXANDRA FUENTES PONCE, con el 50% de los derechos sociales, respectivamente, dejando de pertenecer a la sociedad don JOSE DOMINGO FUENTES BELMAR. El cedente y la cesionaria en las calidades en que intervienen dejan constancia que la cesión que da cuenta este instrumento, comprende tanto la cuota de aporte social de la cedente como la parte en los fondos acumulados por concepto de revalorizaciones legales o utilidades no retiradas o cualquier otro concepto que pudiere corresponderle, que se encuentre registrado en los libros de contabilidad. ADMINISTRACION: Los socios ratifican la cláusula relativa a la administración, representación y el uso de la razón social, en sentido que ésta corresponderá única y exclusivamente a doña YESSICA SANDRA FUENTES PONCE, con todas y cada una de las facultades establecidas en el pacto social primitivo, las que se dan por expresamente reproducidas. DECLARACIÓN DE CAPITAL. El capital permanecerá no modificado por éste acto, en la suma de $3.000.000, como al momento de la constitución. VIGENCIA DEL PACTO SOCIAL PRIMITIVO: En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones, escritura extractada. La Cisterna, 15 de Febrero de 2021.-