KATANA INVESTMENTS SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de septiembre de 2020
- Notario
- VERONICA TORREALBA COSTABAL
- Oficio
- 33º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Su domicilio estatutario será en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) Inversión en todas sus formas, la administración de los bienes en que se invierta y la percepción de sus frutos; b) La participación en sociedades de cualquier naturaleza y objeto; c) La adquisición y enajenación de valores mobiliarios, derechos sociales y otros efectos de comercio; d) La prestación de servicios de asesoría, administración y organización de empresas y asistencia técnica en general; e) La adquisición, enajenación y explotación, por cuenta propia o ajena de bienes inmuebles, el desarrollo del negocios inmobiliarios y la proyección y ejecución de toda clase de obras de ingeniería y arquitectura; y f) el desarrollo de campañas publicitarias, la realización de eventos, la creación de estrategias de comercialización y mercadeo y otras actividades relacionadas con la promoción publicitaria de bienes y servicios por cuenta propia o ajena; g) Dar y)o contratar préstamos o créditos a personas relacionadas o terceros en moneda nacional y)o extranjera, quedan comprendidas en el objeto social todas las actividades lucrativas relacionadas con las ya citadas y otros negocios que los socios acuerden; v)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente de la 33º Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 979, Of. 501, certifica: por escritura pública de fecha 24 de septiembre de 2020, ante el Titular don Iván Torrealba Acevedo, compareció don NAOSHI ANDRÉS MATSUMOTO COURDURIER, por sí y en representación de KATANA HOLDING SpA, otrora denominada INVERSIONES NAOSHI MATSUMOTO COURDURIER E.I.R.L., y doña ISABEL MARGARITA NEBOT BRAVO, en calidad de únicos y actuales socios de KATANA INVESTMENTS SpA, la que figura inscrita a Fs. 2386, N° 1895, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2004, todos con domicilio en Av. Bicentenario N° 3.883, Of. 701, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, quienes adoptaron los siguientes acuerdos que se extractan: I. División de la sociedad en 3 sociedades distintas, que girarán bajo los siguientes nombres: (Uno) KATANA INVESTMENTS SpA, (Dos) KATANA INVESTMENTS NACIONAL UNO SpA, y (Tres) KATANA INVESTMENTS NACIONAL DOS SpA, cuyos estatutos se extractarán más adelante. Como consecuencia de la división, se disminuirá el capital social, modificándose el artículo cuarto y primero transitorio, cuyos textos definitivos con los que seguidamente se señalan: “ARTÍCULO CUARTO: Capital Social. - El capital de la sociedad será la cantidad de trescientos trece millones quinientos sesenta y ocho mil seiscientos cincuenta y ocho pesos, dividido en trescientos trece millones quinientos sesenta y ocho mil seiscientas cincuenta y ocho acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, que se encuentran suscritas y pagadas con anterioridad, en la forma y proporciones que se indica en los artículos transitorios”. “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad ascendente a trescientos trece millones quinientos sesenta y ocho mil seiscientos cincuenta y ocho pesos, dividido en trescientos trece millones quinientos sesenta y ocho mil seiscientos cincuenta y ocho acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, las que se encuentran suscritas y pagadas con anterioridad a este acto, en la forma y proporción que se indica a continuación: i) don NAOSHI ANDRÉS MATSUMOTO COURDURIER, enteró, suscribió y pagó, la cantidad de trescientos doce millones cuatrocientos setenta y cuatro mil trescientos tres acciones, a un valor de suscripción de un peso por acción; ii) KATANA HOLDING SpA, otrora denominada INVERSIONES NAOSHI MATSUMOTO COURDURIER E.I.R.L., enteró, suscribió y pagó, la cantidad de ochocientos cuarenta y tres mil quinientas acciones, a un valor de suscripción de un peso por acción; y iii) doña ISABEL MARGARITA NEBOT BRAVO, enteró, suscribió y pagó, la cantidad de doscientas cincuenta mil ochocientas cincuenta y cinco acciones, a un valor de suscripción de un peso por acción. En consecuencia, el capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado”. II. Estatutos KATANA INVESTMENTS NACIONAL UNO SpA: i) Razón Social: KATANA INVESTMENTS NACIONAL UNO SpA; ii) Domicilio: Su domicilio estatutario será en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados; iii) Duración: Indefinida; iv) Objeto: a) Inversión en todas sus formas, la administración de los bienes en que se invierta y la percepción de sus frutos; b) La participación en sociedades de cualquier naturaleza y objeto; c) La adquisición y enajenación de valores mobiliarios, derechos sociales y otros efectos de comercio; d) La prestación de servicios de asesoría, administración y organización de empresas y asistencia técnica en general; e) La adquisición, enajenación y explotación, por cuenta propia o ajena de bienes inmuebles, el desarrollo del negocios inmobiliarios y la proyección y ejecución de toda clase de obras de ingeniería y arquitectura; y f) el desarrollo de campañas publicitarias, la realización de eventos, la creación de estrategias de comercialización y mercadeo y otras actividades relacionadas con la promoción publicitaria de bienes y servicios por cuenta propia o ajena; g) Dar y/o contratar préstamos o créditos a personas relacionadas o terceros en moneda nacional y/o extranjera, quedan comprendidas en el objeto social todas las actividades lucrativas relacionadas con las ya citadas y otros negocios que los socios acuerden; v) Capital: El capital social asciende a la suma de un millón cuatrocientos sesenta y ocho mil setecientos diecisiete pesos, dividido en un millón cuatrocientos sesenta y ocho mil setecientos diecisiete acciones, ordinarias, nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. IV. Estatutos KATANA INVESTMENTS NACIONAL DOS SpA: i) Razón Social: KATANA INVESTMENTS NACIONAL DOS SpA; ii) Domicilio: Su domicilio estatutario será en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados; iii) Duración: Indefinida; iv) Objeto: a) Inversión en todas sus formas, la administración de los bienes en que se invierta y la percepción de sus frutos; b) La participación en sociedades de cualquier naturaleza y objeto; c) La adquisición y enajenación de valores mobiliarios, derechos sociales y otros efectos de comercio; d) La prestación de servicios de asesoría, administración y organización de empresas y asistencia técnica en general; e) La adquisición, enajenación y explotación, por cuenta propia o ajena de bienes inmuebles, el desarrollo del negocios inmobiliarios y la proyección y ejecución de toda clase de obras de ingeniería y arquitectura; y f) el desarrollo de campañas publicitarias, la realización de eventos, la creación de estrategias de comercialización y mercadeo y otras actividades relacionadas con la promoción publicitaria de bienes y servicios por cuenta propia o ajena; g) Dar y/o contratar préstamos o créditos a personas relacionadas o terceros en moneda nacional y/o extranjera, quedan comprendidas en el objeto social todas las actividades lucrativas relacionadas con las ya citadas y otros negocios que los socios acuerden; v) Capital: El capital social asciende a la suma de trescientos ocho millones trescientos cuarenta y cuatro mil setecientos ochenta pesos, dividido en trescientos ocho millones trescientos cuarenta y cuatro mil setecientos ochenta acciones, nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 15 de enero de 2021.