Instrumento
- Fecha
- 24 de marzo de 2021
- Repertorio
- 911-2021
- Notario
- Alejandro Américo Alvarez Barrera
- Oficio
- 41 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
la sociedad tendrá por objeto principal: a) La construcción, adquisición, enajenación, compra, venta, urbanización, explotación, loteo, arrendamiento y subarrendamiento, en cualquier forma de bienes raíces o muebles, corporales e incorporales, acciones, valores tangibles o no. b) La inversión y desarrollo de proyectos inmobiliarios y administración de proyectos por cuenta propia o de terceros. c) La prestación de servicios y asesorías a terceros en materias relativas al negocio inmobiliario. d) Formar parte en toda clase de sociedades o asociaciones, cuyo objeto se relacione en alguna forma con los objetos antes indicados. e) En general, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios y conducentes a los objetos.- La duración de la sociedad será de diez años contados desde la fecha de la presente escritura pública. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestase su voluntad de poner término a la sociedad mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del plazo de duración de la sociedad o de cualquiera de sus prórrogas. Domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de los domicilios especiales, oficinas, agencias o sucursales que se establezcan en el país o en el extranjero. Capital es la suma de un millón de pesos, divididos en mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal que se suscriben y pagan en su totalidad por don DANIEL ENRIQUE CORVALÁN RIVERA es decir, suscribe y paga la cantidad de mil acciones a un valor de mil pesos, cada acción, esto es, un total de un millón de pesos, y que equivale al cien por ciento del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAlejandro Américo Alvarez Barrera, Notario Público 41 Notaría Santiago, Suplente titular Félix Jara Cadot, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, Repertorio N° 911-2021, DANIEL ENRIQ UE CORVALÁN RIVERA, chileno, ingeniero comercial, casado en separación de bienes, cédula nacional de identidad N° 10.614.983-6, domiciliado en Américo Ve spucio N° 1301, comuna de Quilicura, Región Metropolitana de Santiago, constituyó SOCIEDAD por ACCIONES, Razón social: INMOBILIARIA BRIO 25 SpA. Objeto: la sociedad tendrá por objeto principal: a) La construcción, adquisición, enajenación, compra, venta, urbanización, explotación, loteo, arrendamiento y subarrendamiento, en cualquier forma de bienes raíces o muebles, corporales e incorporales, acciones, valores tangibles o no. b) La inversión y desarrollo de proyectos inmobiliarios y administración de proyectos por cuenta propia o de terceros. c) La prestación de servicios y asesorías a terceros en materias relativas al negocio inmobiliario. d) Formar parte en toda clase de sociedades o asociaciones, cuyo objeto se relacione en alguna forma con los objetos antes indicados. e) En general, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios y conducentes a los objetos.- La duración de la sociedad será de diez años contados desde la fecha de la presente escritura pública. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestase su voluntad de poner término a la sociedad mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del plazo de duración de la sociedad o de cualquiera de sus prórrogas. Domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de los domicilios especiales, oficinas, agencias o sucursales que se establezcan en el país o en el extranjero. Capital es la suma de un millón de pesos, divididos en mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal que se suscriben y pagan en su totalidad por don DANIEL ENRIQUE CORVALÁN RIVERA es decir, suscribe y paga la cantidad de mil acciones a un valor de mil pesos, cada acción, esto es, un total de un millón de pesos, y que equivale al cien por ciento del capital social.- Las mencionadas acciones se pagan en este acto al contado y en dinero en efectivo que ingresa a la caja social.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 24 marzo 2021.-