Faenadora y Procesadora de Carnes Tierra del Fuego Limitada
Instrumento
- Fecha
- 24 de marzo de 2021
- Notario
- CRISTIÁN MAURICIO MATUS CUEVAS
- Domicilio
- Conservador de Bienes Raíces
- Comuna
- Porvenir Cristián Mauricio Matus Cuevas
Sociedad
- Capital
- $252.000.000 CLP
- Domicilio
- comuna de porvenir, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
objeto el desarrollo, administración y participación en toda clase de proyectos, negocios y empresas relacionadas con actividades inmobiliarias, comerciales e industriales, sea por cuenta propia o ajena; la realización de inversiones en toda clase de activos, sociedades, bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, reales o personales, valores mobiliarios; el arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles propios o ajenos, la administración y la ejecución de todo tipo de proyectos, sean éstos de construcción, inmobiliarios, de inversión, de fomento, etcétera; la compra, venta y comercialización, elaboración, congelación, conservación, importación, exportación, distribución, transporte, por cuenta propia o ajena, al por mayor o al detalle de productos de ferretería y materiales de construcción, elementos de seguridad, como asimismo de toda clase de alimentos, productos del mar, carnes rojas y blancas, y en general, la ejecución de todos los actos y la celebración de todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su actividad o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, y dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales y, en general, podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Podrá además ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los
Administración
corresponderá a Eduardo Enrique San Martín Díaz, Jorge Raúl Oyarzún Fuentes, Manuel Mauricio Inostroza Márquez y Hugo Santiago Chávez Rain quienes actuando separada e individualmente uno cualquiera de ellos o por medio de delegados designados especialmente para la administración, por escritura pública representarán a la sociedad con amplias facultades de administración y disposición de bienes indicadas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCRISTIÁN MAURICIO MATUS CUEVAS, Abogado, Notario Público, Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas, Titular de Tierra del Fuego, Benjamín Muñoz Guerrero 331, Porvenir, certifico: por escritura pública de fecha 24 de marzo de 2021, ante mí, Hugo Santiago Chávez Rain, John Williams Nº046, Porvenir, Jorge Raúl Oyarzún Fuentes, Croacia Nº443, Porvenir, Manuel Mauricio Inostroza Márquez, Pasaje Padre Sergio Troncoso Nº01739, Población Raúl Silva Henríquez, Punta Arenas y Eduardo Enrique San Martín Díaz, Pelegrín Andrade Nº678, Porvenir y Jessica Paola Ozuljevich Candia, Croacia Nº443, Porvenir, modificaron Faenadora y Procesadora de Carnes Tierra del Fuego Limitada, constituida escritura 29 diciembre 2014 Notaría Porvenir Cristián Mauricio Matus Cuevas, ante suplente Eliana Patricia Arteaga Contreras, inscrita fojas 3 vuelta, número 4 Registro Comercio Conservador Porvenir 2015 y publicó Diario Oficial 5 enero 2015. Modificaciones consisten: Uno/ Jessica Paola Ozuljevich Candia, vende, cede y transfiere a Jorge Raúl Oyarzún Fuentes, 2% derechos sociales. Dos/ Jessica Paola Ozuljevich Candia, vende, cede y transfiere a Hugo Santiago Chávez Rain, 2% derechos sociales. Tres/ Jessica Paola Ozuljevich Candia, vende, cede y transfiere a Eduardo Enrique San Martín Díaz, 2% derechos sociales. Cuatro/ Jessica Paola Ozuljevich Candia, vende, cede y transfiere a Manuel Mauricio Inostroza Márquez, 2% derechos sociales. Cinco/ Modificar el Nombre o Razón Social y sustituir el Artículo Primero del Pacto Social por el siguiente: "ARTÍCULO PRIMERO: El nombre o razón social será "Comercial e Inversiones Terra Selk'nam Limitada", sin perjuicio de lo cual podrá usar también el nombre de fantasía "Comercial Terra Selk'nam Ltda." para fines comerciales y publicitarios". Seis/ Modificar objeto social y sustituir el Artículo Segundo del Pacto Social por el siguiente: "ARTÍCULO SEGUNDO: La Sociedad tendrá por objeto el desarrollo, administración y participación en toda clase de proyectos, negocios y empresas relacionadas con actividades inmobiliarias, comerciales e industriales, sea por cuenta propia o ajena; la realización de inversiones en toda clase de activos, sociedades, bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, reales o personales, valores mobiliarios; el arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles propios o ajenos; la administración y la ejecución de todo tipo de proyectos, sean éstos de construcción, inmobiliarios, de inversión, de fomento, etcétera; la compra, venta, comercialización, elaboración, congelación, conservación, importación, exportación, distribución, transporte, por cuenta propia o ajena, al por mayor o al detalle de productos de ferretería y materiales de construcción, elementos de seguridad, como asimismo de toda clase de alimentos, productos del mar, carnes rojas y blancas, y en general, la ejecución de todos los actos y la celebración de todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su actividad o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, y dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales y, en general, podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Podrá además ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios. Siete/ Aumentar capital de $52.000.000.-, íntegramente pagados a $252.000.000.-. Aumento de $200.000.000.- es aportado por cada socio en proporción que corresponde, esto es 25% y que para cada socio corresponde a $50.000.000.-, enterados y pagados en acto escritura al contado y dinero efectivo, ingresando totalidad de aumento a caja social, a satisfacción sociedad y demás socios. Ocho/ Sustituir Artículo Quinto correspondiente capital social por siguiente: "ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de $252.000.000.- que los socios han aportado y pagado en la siguiente forma y proporciones: Uno/ Don Jorge Raúl Oyarzún Fuentes ha pagado con anterioridad a esta fecha, a entera satisfacción de los otros socios y de la sociedad la cantidad de $63.000.000,- que equivalen a un 25% de los derechos sociales; Dos/ Don Hugo Santiago Chávez Rain ha pagado con anterioridad a esta fecha a entera satisfacción de los otros socios y de la sociedad la cantidad de $63.000.000.- que equivalen a un 25% de los derechos sociales; Tres/ Don Eduardo Enrique San Martín Díaz ha pagado con anterioridad a esta fecha a entera satisfacción de los otros socios y de la sociedad la cantidad de $63.000.000.- que equivalen a un 25% de los derechos sociales; y Cuatro/ Don Manuel Mauricio Inostroza Márquez ha pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de $63.000.000.- que equivalen a un 25% de los derechos sociales." La responsabilidad de los socios, de conformidad a lo previsto en el Artículo Sexto del Pacto social, queda siempre limitada al monto de sus respectivos aportes. Nueve/ Sustituir Artículo Séptimo estatutos relativo administración y uso razón social por siguiente: "ARTÍCULO SÉPTIMO: La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a Eduardo Enrique San Martín Díaz, a Jorge Raúl Oyarzún Fuentes, a Manuel Mauricio Inostroza Márquez y a Hugo Santiago Chávez Rain, quienes actuando separada e individualmente uno cualquiera de ellos representarán a la sociedad con facultades, atribuciones indicadas escritura extractada. Diez/ Hugo Santiago Chávez Rain, Jorge Raúl Oyarzún Fuentes, Manuel Mauricio Inostroza Márquez y Eduardo Enrique San Martín Díaz, en calidad de únicos socios de Faenadora y Procesadora de Carnes Tierra del Fuego Limitada, hoy Comercial e Inversiones Terra Selk'nam Limitada acuerdan transformarla de sociedad de responsabilidad limitada a sociedad por acciones, otorgando respectivo Pacto Social del cual se extracta: Razón social: Comercial e Inversiones Terra Selk'nam SpA, pudiendo actuar ante cualquier persona o entidad, incluso ante bancos e instituciones bancarias con el nombre de fantasía "Comercial Terra Selk'nam SpA, o Terra Selk'nam SpA". Domicilio: comuna de porvenir, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero. Duración: sociedad comenzó a regir 29 diciembre 2014 y su duración será indefinida. Objeto: objeto el desarrollo, administración y participación en toda clase de proyectos, negocios y empresas relacionadas con actividades inmobiliarias, comerciales e industriales, sea por cuenta propia o ajena; la realización de inversiones en toda clase de activos, sociedades, bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, reales o personales, valores mobiliarios; el arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles propios o ajenos, la administración y la ejecución de todo tipo de proyectos, sean éstos de construcción, inmobiliarios, de inversión, de fomento, etcétera; la compra, venta y comercialización, elaboración, congelación, conservación, importación, exportación, distribución, transporte, por cuenta propia o ajena, al por mayor o al detalle de productos de ferretería y materiales de construcción, elementos de seguridad, como asimismo de toda clase de alimentos, productos del mar, carnes rojas y blancas, y en general, la ejecución de todos los actos y la celebración de todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su actividad o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, y dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales y, en general, podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Podrá además ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios. Capital: $252.000.000.- dividido en 2.000 acciones ordinarias, nominativas, de una serie, todas de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Administración: corresponderá a Eduardo Enrique San Martín Díaz, Jorge Raúl Oyarzún Fuentes, Manuel Mauricio Inostroza Márquez y Hugo Santiago Chávez Rain quienes actuando separada e individualmente uno cualquiera de ellos o por medio de delegados designados especialmente para la administración, por escritura pública representarán a la sociedad con amplias facultades de administración y disposición de bienes indicadas en escritura extractada. Otras estipulaciones escritura extractada. Porvenir, 06 abril 2021.