Instrumento
- Fecha
- 31 de marzo de 2021
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley 18.046
Objeto social
El objeto de la sociedad será: A) El desarrollo y explotación de toda clase de negocios inmobiliarios, para ello podrá dedicarse a adquirir y enajenar a cualquier título bienes raíces, agrícolas y no agrícolas o urbanos, arrendarlos, administrarlos, subdividirlos, urbanizarlos, y en general, explotarlos de cualquier forma por cuenta propia o de terceros. B) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena. El desarrollo del objeto social podrá ser efectuado de modo directo e individual, bajo asociación con terceras personas naturales y)o jurídicas, o mediante la participación en sociedades con objeto idéntico o análogo al expresado. C) La realización de todo tipo de actividades relacionadas con el deporte en todos sus matices y variedades; la construcción de recintos, canchas, estadios, gimnasios y lo que sea necesario para estos fines y en general las actividades y negociaciones conexas, afines o relacionadas con las antes señaladas, en los términos más amplios que sea necesarios
Administración
La Sociedad será administrada y representada por uno o más administradores elegidos por la Junta de Accionistas, pudiendo el o los Administradores ser o no
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalante mí, Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, Certifico que: por escritura pública de fecha 31 de Marzo de 2021, ante mí, (I) FRANCISCA ARAYA VILLAGRÁN, C.I. N° 16.715.908-7, domiciliada calle San José, condominio los treiles, casa 9, Colina, Región Metropolitana; constituyó Sociedad por Acciones conformidad a las disposiciones del Párrafo 8º, Título VII, Libro II, artículos 424º y s.s. del Código de Comercio, supletoriamente por las disposiciones de la Ley 18.046 aplicables a las sociedades anónimas cerradas, y en especial por sus estatutos. NOMBRE: El nombre será “SPORTS GROUP SpA”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. DURACIÓN: Indefinida, sin perjuicio de su disolución en los casos que la Ley y estos estatutos establecen. OBJETO: El objeto de la sociedad será: A) El desarrollo y explotación de toda clase de negocios inmobiliarios, para ello podrá dedicarse a adquirir y enajenar a cualquier título bienes raíces, agrícolas y no agrícolas o urbanos, arrendarlos, administrarlos, subdividirlos, urbanizarlos, y en general, explotarlos de cualquier forma por cuenta propia o de terceros. B) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena. El desarrollo del objeto social podrá ser efectuado de modo directo e individual, bajo asociación con terceras personas naturales y/o jurídicas, o mediante la participación en sociedades con objeto idéntico o análogo al expresado. C) La realización de todo tipo de actividades relacionadas con el deporte en todos sus matices y variedades; la construcción de recintos, canchas, estadios, gimnasios y lo que sea necesario para estos fines y en general las actividades y negociaciones conexas, afines o relacionadas con las antes señaladas, en los términos más amplios que sea necesarios. ADMINISTRACIÓN: La Sociedad será administrada y representada por uno o más administradores elegidos por la Junta de Accionistas, pudiendo el o los Administradores ser o no accionistas. La designación antes indicada, deberá constar en escritura pública. CAPITAL: $1.000.000.-, dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas de una sola serie y sin valor nominal, las cuales serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. Se encuentran íntegramente suscritas 1.000.000 de acciones por la suma de $1.000.000.- que deberán ser pagadas, en dinero en efectivo, dentro plazo 2 años contados desde escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 01 de Abril de 2021.-