Sociedad de Inversiones González y González Limitada
Instrumento
- Fecha
- 26 de marzo de 2021
- Notario
- JOSE ROBINSON DOLMESTCH URRA
- Domicilio
- Osorno
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE ROBINSON DOLMESTCH URRA, Abogado, Notario Público Titular Osorno, M.A. Matta 680, certifica: Por escritura pública de fecha siete de enero de dos mil veintiuno y rectificada por escritura pública de fecha veintiséis de marzo del año dos mil veintiuno: don BELARMINO GONZÁLEZ CÁRDENAS, chileno, casado y separado totalmente de bienes, comerciante, cédula nacional de identidad número cuatro millones setecientos cuarenta y cinco mil cincuenta y tres guión cinco, domiciliado en calle Freire número novecientos dieciocho, Osorno, cedió el cien por ciento de su participación en Sociedad de Inversiones González y González Limitada, la cual fue constituida por escritura pública otorgada en la Notaría de don Cristian Sanhueza Pimentel el ocho de Octubre de dos mil dos, un extracto de dicha escritura de constitución se inscribió a fojas trescientos ochenta y ocho vuelta, número doscientos ochenta y uno del Registro de Comercio del año dos mil dos del Conservador de Bienes Raíces de Osorno, a CLAUDIO HERNÁN GONZÁLEZ OJEDA, cédula nacional de identidad número diez millones cuatrocientos diez mil setecientos cinco guión dos y MARÍA FRANCISCA GONZÁLEZ OJEDA, cédula nacional de identidad número dieciocho millones doscientos treinta y nueve mil doscientos veinte guión cero, rectificar la sociedad en los siguientes términos: A) Por el presente instrumento, don Belarmino González Cárdenas vende, cede y transfiere el cien por ciento de sus derechos en la Sociedad antes individualizada, equivalentes al cincuenta por ciento del interés social total de la siguiente manera: El noventa por ciento de sus derechos a Claudio Hernán González Ojeda, antes individualizado, quien los compra, acepta y adquiere para sí, y el diez por ciento restante a María Francisca González Ojeda, quien los compra, acepta y adquiere para sí. B) El precio de la cesión y venta respecto de Claudio Hernán González Ojeda es de veintidós millones quinientos mil pesos, que se pagará en treinta cuotas mensuales continuas y sucesivas de setecientos cincuenta mil pesos cada una, las cuales no estarán sujetas a reajustes ni intereses, debiendo pagarse la primera en el mes de Febrero del año dos mil veintiuno y la última en el mes de agosto del año dos mil veintitrés. El precio de la cesión y venta respecto de María Francisca González Ojeda es de dos millones quinientos mil pesos, que se pagará en diez cuotas mensuales continuas y sucesivas de doscientos cincuenta mil pesos cada una, las cuales no estarán sujetas a reajustes ni intereses, debiendo pagarse la primera en el mes de Febrero del año dos mil veintiuno y la última en el mes de diciembre del año dos mil veintiuno. C) Como consecuencia de lo anterior, quedan como únicos socios de Sociedad de Inversiones González y González Limitada don Claudio Hernán González Ojeda con un noventa y cinco por ciento de los derechos sociales, quien continúa a cargo de la administración para todos los efectos y doña María Francisca González Ojeda con un cinco por ciento de los derechos sociales. Los socios de la Sociedad continúan limitando su responsabilidad personal por los negocios sociales al monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones constan escritura extractada. Osorno a 26 de marzo de 2021.